Septiembre 2026

CONTENIDO
- Decreto 1226. Plazos especiales de declaración y pago por el sismo del 10 de agosto de 2026.
- Decreto 1044. Se modifica el plazo para el registro de los cambios en los titulares, la destinación o en la empresa receptora de la inversión y de las cancelaciones de las inversiones internacionales.
- Decreto 1013. Se modificó la infraestructura y competitividad del mercado de valores y se incluyeron disposiciones cambiarias relacionadas con las operaciones de registro con agentes del exterior.
- Decreto. Se establece un sistema de seguridad social integral (SSSI) para los trabajadores digitales en servicios de reparto en modalidad independiente y autónoma.
- Decreto. Se reglamenta el sector del trabajo doméstico remunerado.
- Resolución. Se actualiza al proceso de recepción de declaraciones y recaudo de tributos administrados por la DIAN.
- Resolución. Se suspenden los términos de los procesos y actuaciones administrativas en materia tributaria, aduanera y cambiaria de las direcciones seccionales que se encuentran ubicadas en los municipios afectados por el terremoto del 10 de agosto de 2026.
- Resolución. Se establece la tarifa de contribución que deben pagar las sociedades vigiladas por la Superintendencia de Sociedades, por la vigencia del año 2026.
- Resolución. Se establece la tarifa relacionada con la contribución que deben pagar las Cámaras de Comercio a la Superintendencia de Sociedades, por la vigencia del año 2026.
- Resolución. Se derogan algunas circulares expedidas por el Ministerio del Trabajo entre septiembre de 2025 y julio de 2026, y se adoptan medidas de depuración de directrices para la viabilidad de emisión de nuevas normas laborales relacionadas.
- Proyecto de acuerdo. Se concederían beneficios tributarios para incentivar la inversión en el Distrito Capital de Bogotá, se fijaría una nueva sobretasa, se modificarían algunas tarifas de impuestos y el régimen procedimental distrital.
- Proyecto de resolución. Se fijaría un nuevo esquema de recaudo y presentación de documentos tributarios administrados por la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá, junto con directrices para las entidades recaudadoras sobre el traspaso de saldos e información a la autoridad tributaria de la Capital.
- Comunicado de prensa. La Corte Constitucional decidió sobre la exequibilidad del Decreto Legislativo 243 de 2026, que concedió facultades en materia tributaria, presupuestal y financiera a gobernadores y alcaldes para atender la emergencia económica, social y ecológica decretada en febrero de este año.
- Comunicado de prensa. Se declara la exequibilidad de un gran conjunto de artículos de la norma que promueve el nuevo sistema pensional colombiano, aplicable a partir del 1 de abril del año 2027.
- Circular externa. Se imparten instrucciones a las entidades financieras para conceder alivios que permitan mitigar el impacto a los consumidores financieros afectados por la emergencia del Decreto 1171 de 2026.
- Circular. Se exponen las curvas de rendimiento libre de riesgo en pesos y en UVR de los meses de diciembre de 2025 y los 5 primeros meses del año 2026 para que las entidades del nuevo régimen de reservas técnicas puedan utilizarlas para dar cumplimiento a la Circular Externa 013 de 2025.


1. Decreto 1226
15/10/2025
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Con ocasión del terremoto ocurrido el 10 de agosto de 2026, se establecieron plazos especiales para la presentación y pago de la declaración del impuesto sobre la renta correspondiente al año gravable 2025, para personas naturales y sucesiones ilíquidas con domicilio fiscal en municipio cuya dirección seccional sea Cali, Palmira, Tuluá, Buenaventura, Pereira, Armenia, Manizales, Quibdó y Popayan.
Estos plazos especiales cobijan a quienes ya tenían la obligación de declarar con vencimiento anterior al 18 de agosto de 2026, y a quienes se inscribieron por primera vez en el RUT en algunos de estos municipios. Los mismos plazos aplican para la declaración de activos en el exterior.
Asimismo, se establecieron plazos especiales para declarar y pagar las retenciones en la fuente, como se muestra a continuación. Se entiende como domicilio fiscal el registrado en el RUT, cambios posteriores no dan derecho al beneficio.

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2. Decreto 1044
05-08-2026
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Se modifica el artículo 2.17.2.5.1.1. del Decreto 1068 de 2015 (Decreto único reglamentario del sector hacienda), con el fin de eliminar el plazo de seis meses previsto para el registro ante el Banco de la Republica de los cambios de titulares, la destinación o la empresa receptora de la inversión, así como de la cancelación de las inversiones internacionales. En esa medida, este registro podrá realizarse en cualquier tiempo, siempre que la inversión se haya realizado de manera efectiva y no afecte las obligaciones tributarias de los inversionistas relacionadas con la declaración de renta por campo de titularidad.
Palabras clave: Plazo para el registro de cambios y cancelaciones de inversiones internacionales. Cambios internacionales | Régimen sancionatorio | Infracción cambiaria | Inversión internacional | Plazo para registro de la inversión | Banco de la República | Infracción cambiaria.
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3. Decreto 1013
05-08-2026
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Se modifico el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con la infraestructura y competitividad del mercado de valores. Entre otras disposiciones, se estableció que las operaciones de registro con agentes del exterior, valores extranjeros o divisas deben sujetarse al régimen cambiario del Banco de la Republica y, las obligaciones cambiarias derivadas de acuerdos de interoperabilidad entre cámaras de riesgo central de contraparte, deben cumplirse conforme al Decreto 1068 de 2015.
Palabras clave: Mercado de valores | Renta variable | Interoperabilidad | Cámaras de riesgo | Fondos de inversión.
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4. Decreto.
Se reglamenta la afiliación, cotización, reporte y pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral -SSSI para los trabajadores digitales en servicios de reparto en modalidad independiente y autónoma, como es el caso de Rappi, estableciendo un esquema de concurrencia en salud y pensión, cobertura del 100% en riesgos laborales a cargo de la plataforma, y el rol de esta como agente de retención y pago de los aportes a través del PILA.
Palabras clave: Seguridad social | Trabajadores digitales | Plataformas de reparto | Cotización concurrente | Riesgos laborales | Sistema General de Riesgos Laborales | Programa de Formalización e Incentivo Económico en Riesgos Laborales | Prestación de servicios en múltiples plataformas | Accidentes de trabajo | Deber de información.


5. Decreto.
Se reglamenta el sector del trabajo doméstico remunerado mediante el establecimiento de la obligación de vincular a las trabajadoras y trabajadores domésticos mediante contrato de trabajo escrito. Asimismo, se establecen reglas sobre la jornada máxima, descansos y prestaciones sociales y se regulan las afiliaciones y cotizaciones al Sistema de Seguridad Social Integral SSSI, entre otras disposiciones.
Palabras clave: Trabajo doméstico remunerado | Artículo 33 de la Ley 2466 de 2025 | Formalización laboral | Seguridad social | Riesgos laborales | Inspección.


6. Resolución.
Se actualiza el proceso de recepción de las declaraciones y el recaudo de los impuestos, anticipos, sanciones, intereses y demás tributos administrados por la DIAN. Asimismo, se establecen la naturaleza, las etapas, los requisitos y el procedimiento de autorización de la función recaudadora, y se actualizan la forma de pago de los tributos por las entidades recaudadoras y la transferencia de dineros al Banco de la República, entre otras disposiciones.
Palabras clave: DIAN | Recaudo | Tributos | Impuestos | Anticipos | Sanciones | Intereses | Declaraciones | Sanciones | Resolución DIAN 0008 de 2020.


7. Resoluciones.
Mediante la Resolución 012017 del 13 de agosto de 2026, la DIAN suspendió los términos de los procesos y actuaciones administrativas en materia tributaria, aduanera y cambiaria de las direcciones seccionales de Pereira, Armenia, Manizales, Tuluá, Palmira, Popayán, Quibdó, Buenaventura, impuestos de Cali y aduanas de Cali, desde el 13 hasta el 25 de agosto de 2026, ante el desastre de carácter nacional declarado por el sismo del 10 de agosto (Decreto 1171 de 2026). También se levantaron las reglas de validación de numeración de facturación electrónica para dichas seccionales hasta el 1 de noviembre de 2026.
Posteriormente, mediante la Resolución 012660 del 27 de agosto de 2026, la DIAN prorrogó la suspensión únicamente para Pereira, Buenaventura, Tuluá y Manizales, del 26 de agosto al 11 de septiembre de 2026, por persistir las afectaciones y ante la declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica (Decreto 1261 de 2026). Esta prórroga excluye las facilidades de pago, los levantamientos de embargo y las devoluciones y/o compensaciones en curso, que continúan su trámite normal.
Palabras clave: Situación de desastre de carácter nacional | Sismo de 10 de agosto de 2026 | Decreto 1171 de 2026 | DIAN | Procedimiento tributario | Actuaciones administrativas | Procesos | Suspensión de términos | Excepciones | Reanudación | Levantamiento de las Reglas Técnicas de Validación de la Autorización y/o Habilitación de Numeración.


8. Resolución.
Se establece para la vigencia 2026 la tarifa de vigilancia y control de la Superintendencia de Sociedades, la parametrización de su base gravable, el plazo de pago y así como el método de causación de intereses a los que habrá lugar en el caso de incumplimiento de este.
Palabras clave: Contribución a la Superintendencia de Sociedades | Tarifas | Plazos | Plazo especial | Sismo del 10 de agosto de 2026 | Intereses moratorios | Cobro persuasivo | Cobro coactivo.


9. Resolución.
Se establece la tarifa de la contribución a la vigilancia y control de la Superintendencia de Sociedades para las Cámaras de Comercio, correspondiente a la vigencia del año 2026, el plazo máximo para el pago de este saldo, así como el método de causación de intereses a los que habrá lugar en el caso de incumplimiento de este.
Palabras clave: Cámara de Comercio | Contribución a la Superintendencia de Sociedades | Tarifas | Porcentajes de participación | Plazos | Intereses moratorios | Cobro persuasivo | Cobro coactivo.


10. Resolución.
Se derogan y dejan sin efecto hacia futuro las disposiciones contenidas en algunas Circulares publicadas por el Ministerio del Trabajo entre septiembre de 2025 y julio de 2026, relacionadas con el trabajo doméstico remunerado, libertad sindical, negociación colectiva y plataformas digitales de reparto, entre otras. Está derogatoria no afecta las situaciones jurídicas ya consolidadas. Asimismo, se dictan medidas para identificar las necesidades regulatorias en la materia objeto de la derogatoria.
Palabras clave: Ministerio del Trabajo | Resoluciones | Derogatoria | Estabilidad laboral reforzada | Trabajo doméstico remunerado | Libertad sindical | Negociación colectiva | Plataformas digitales de reparto | Reforma laboral | Remuneración a destajo | Jornada de trabajo | Horas extras | Vigilancia y seguridad privada | Debido proceso disciplinario laboral.


11. Proyecto de acuerdo.
Se establecerían incentivos tributarios en el Distrito Capital de Bogotá , como la exención de impuestos y descuentos por atracción de grandes inversiones o por la inversiones en zonas de tratamiento urbanístico de desarrollo. Asimismo, se fijaría una nueva sobretasa para el mejoramiento del alumbrado público y se establecerían nuevas tarifas del Impuesto Predial Unificado y del Impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros. Finalmente, se modificaría el procedimiento tributario aplicable a los tributos administrados por la Secretaría Distrital de Hacienda.
Palabras clave: Proyecto de Acuerdo | Incentivos tributarios para la competitividad | Exención de impuestos | Descuentos tributarios | Bogotá Ciudad Inteligente | Alumbrado Público | Impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros | Impuesto Predial Unificado.


12. Proyecto de resolución.
Se fijaría un nuevo esquema de recaudo, anticipos, retenciones, sanciones, intereses moratorios y presentación de documentos tributarios administrados por la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá, con el propósito de mejorar los procedimientos. Asimismo, se establecen directrices a las entidades recaudadoras sobre el traspaso de saldos a la SDH, incluyendo plazos, condiciones para la entrega de información, medios habilitados y régimen sancionatorio por incumplimiento.
Palabras clave: Proyecto de Resolución | Recaudo tributario | Documentos tributarios | Web Service | Entidades recaudadoras | Tributos| Anticipos | Retenciones | Sanciones | Intereses Consignación.


13. Comunicado de prensa.
La Corte Constitucional declaró inexequible por consecuencia el artículo 14 (pignoración de recursos para el Magdalena); inexequibles los artículos 5 y 6 (diferimiento tributario y recuperación de cartera); inexequibles los artículos 13, 15 y 16 (calamidad pública, asistencia técnica y control); exequibles parcial y condicionadamente los artículos 3, 10 y 12 (créditos, monitoreo y hospitales); y exequibles condicionadamente los artículos 1, 2, 4, 7, 8, 9 y 11 (facultades presupuestales y de crédito) del Decreto Legislativo 243 de 2026, dictado para la emergencia climática de enero-febrero 2026.
Palabras clave: Sentencia C-259/26 | Emergencia económica, social y ecológica | Exequibilidad | Inexequibilidad | Facultades de los entes territoriales | Operaciones presupuestales.


14. Comunicado de prensa.
Mediante Sentencia C-264 de 2026, la Corte Constitucional declaró exequible la mayor parte del articulado de la reforma pensional, exclusivamente respecto de los vicios de procedimiento examinados. En consecuencia, devolvió a la plenaria de la Cámara de Representantes tres artículos completos y seis apartes de otros artículos para su subsanación, y le ordenó tramitar las proposiciones modificativas y aditivas que no fueron debatidas ni votadas.
Palabras clave: Comunicado 27 de 25/26/27-08-2026 de la Corte Constitucional | Reforma pensional | Ley 2381 de 2024 | Exequibilidad parcial | Vicios de procedimiento | Subsanación legislativa | Entrada en vigencia de la Ley.


15. Circular Externa.
La Superintendencia Financiera de Colombia, mediante Circular, emite instrucciones a las entidades vigiladas, para ayudar a mitigar los efectos del sismo del 10 de agosto en materia financiera. Para ello, concede a los consumidores afectados alivios como programas de refinanciación, calificación de créditos, medidas optativas para fondos de inversión colectiva, agilización del retiro de cesantías con fines de adquisición de vivienda y extensión de plazos de pago. Lo anterior no impide que los establecimientos de crédito adopten medidas adicionales con la misma finalidad.
Palabras clave: Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) | Entidades Vigiladas | Desastre Nacional | Sismo del 10 de agosto de 2026 | Servicios Financieros | Créditos | Refinanciación | Seguros | Consumidores Financieros | Fondos de inversión colectiva | Cesantías | Vivienda.


16. Circular.
La Superintendencia Financiera de Colombia pone a disposición pública las curvas de rendimiento libre de riesgo en pesos y en UVR correspondientes a diciembre de 2025 y a los 5 primeros meses de 2026. Estas curvas están destinadas a que las entidades relacionadas con el nuevo régimen de reservas técnicas las utilicen para preparar las estimaciones iniciales requeridas, en cumplimiento de lo dispuesto en la Circular Externa 013 de 2025.
Palabras clave: Superintendencia Financiera | Entidades aseguradoras | NIIF 17 | Reservas técnicas | Curva de Rendimiento Libre de Riesgo (CRLR) | Unidad de Valor Real (UVR) | Circular Externa 013 de 2025.
