Julio 2026

   CONTENIDO

    1. Ley 2586. Se adopta el Nuevo Régimen sancionatorio y de decomiso de mercancías en materia aduanera, y el procedimiento aplicable ante el incumplimiento de las obligaciones aduaneras.
    2. Decreto 543. Se modifica la normativa relacionada con el acceso al beneficio del subsidio de solidaridad pensional contemplada en el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Pensiones.
    3. Decreto 625. Se reglamenta el impuesto de salida del país por vía aérea para nacionales y extranjeros, residentes o no en Colombia del artículo 23 de la Ley 679 de 2001.
    4. Decreto. Se adiciona un capítulo a la compilación normativa del sector trabajo, para regular la tercerización e intermediación laboral ilegal en Colombia, y establecer prohibiciones relacionadas y sus respectivas penalidades.
    5. Resolución. Se establece una nueva modalidad de recepción de solicitudes para la emisión de certificados relacionados con la procedencia del incentivo tributario de la Ley 1715 de 2014 sobre nuevas energías.
    6. Resolución. Se modifican disposiciones de la Resolución 441 de 2024, relacionadas con la NIIF 17 sobre contratos de seguro y la derogatoria de la NIIF 4 para empresas que cotizan en el mercado de valores.
    7. Circular. Se reitera la cesación inmediata del cobro, recaudo y retención del impuesto de timbre nacional en todas las operaciones económicas que hayan tenido y tengan lugar a partir del 1 de enero del 2026, a excepción de los casos contemplados en el Decreto 175 de 2025.
    8. Circular. Se estipulan lineamientos para la atención a los usuarios de las notarías que no saben leer ni escribir para el otorgamiento de testamento cerrado.
    9. Sentencia. Se declara la nulidad parcial del Concepto 154 de 2024, relacionado con la cuarta adición al Concepto General del Régimen Simple de Tributación con ocasión de la Ley 2277 de 2022.
    10. Sentencia. Se dispone que es exequible la declaratoria del estado de emergencia del Decreto 150 de 2026, con excepción de los hechos relacionados con la crisis energética, deslinde de tierras y manejo de cuencas hidrográficas.
    11. Sentencia. Se declara que el término máximo de 15 días calendario para la devolución por retracto aplica a todas las modalidades del artículo 47 de la Ley 1480 de 2011.
    12. Sentencia. Se declara exequible la sobretasa temporal del impuesto de renta aplicable a las empresas de los sectores asegurador, bursátil y del mercado de valores, pues se considera que no hay vulneración del principio de equidad tributaria.
    13. Auto. Se revoca la suspensión provisional de los artículos del Decreto 572 de 2025, decretada mediante auto del 7 de mayo de 2026.
    14. Proyecto de decreto. Se reglamenta la afiliación, cotización, reporte y pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral aplicable a los trabajadores digitales independientes y autónomos en servicios de reparto.
    15. Proyecto de decreto. Se reglamenta el artículo 86 de la Ley 2294 de 2023, relacionado con los procesos de disolución de las entidades sin ánimo de lucro.
    16. Proyecto de resolución. Se establecerían los lineamientos sobre la información exógena relacionada con el Impuesto de Industria y Comercio en Bogotá, los obligados a reportarla y los plazos de entrega.
    17. Concepto. Se aclaran las categorías y tarifas aplicables a los diferentes tipos de vehículos frente a la determinación del impuesto vehicular administrado por la Gobernación Departamental.

1.  Ley 2586

19/06/2026

Congreso de la República

El Congreso de la República expidió el nuevo régimen sancionatorio y de decomiso de mercancías y procedimiento aplicable a las operaciones aduaneras, por medio del cual se describen los principios rectores, se hace la categorización de sanciones con sus respectivas penalidades, y se detallan las disposiciones administrativas, probatorias y de defensa que tienen lugar en los procesos de fiscalización, imposición de sanciones y decomiso de mercancía para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contempladas en la norma aduanera local y los requisitos exigidos por la Organización Mundial de Aduanas y la Organización Mundial del Comercio, aplicables a las operaciones de comercio exterior.

Palabras clave: Aduanas | Por medio de la cual se adopta el Nuevo Régimen Sancionatorio y de Decomiso de Mercancías en materia aduanera, así como el procedimiento aplicable ante el incumplimiento de obligaciones y disposiciones aduaneras en el marco de las operaciones de comercio exterior y se dictan otras disposiciones.

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

2. Decreto 543 

29/05/2026

Ministerio del Trabajo

Se modifican los artículos 2.2.14.1.13, 2.2.14.1.22, 2.2.14.1.28, 2.2.14.1.29, y la adición de los artículos 2.2.14.1.15 y 2.2.14.1.24 al Decreto 1833 de 2016, que compila la normativa del Sistema General de Pensiones, con el fin de redefinir los requisitos para poder acceder al beneficio de los subsidios de la subcuenta de solidaridad pensional, determinar el monto de los aportes, las causales de pérdida del beneficio, las causales de su suspensión preventiva, su duración, y la posibilidad de la continuidad del subsidio con los cambios a que habrá lugar, una vez cumplida la temporalidad del subsidio bajo los lineamientos anteriores a los de esta norma.

Palabras clave: Pensiones. | Subsidio al aporte en pensión. | Se reglamenta la actualización del programa de subsidio al aporte en pensión conforme a la política de extensión de cobertura. | Por el cual se modifican los artículos 2.2.14.1.13, 2.2.14.1.22, 2.2.14.1.24, 2.2.14.1.28 y 2.2.14.1.29 y se adicionan un numeral y un parágrafo al artículo 2.2.14.1.24 del Decreto 1833 de 2016, único reglamentario del Sistema General De Pensiones.

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

3.  Decreto 625

19/06/2026

Ministerio de Igualdad y Equidad

Se reglamenta el artículo 23 de la Ley 679 de 2001, el cual fue modificado por el artículo 127 de la Ley 2010 de 2019, en lo relacionado con el impuesto de salida del país por vía aérea, aplicable tanto a nacionales como a extranjeros, residentes o no residentes en Colombia. Para ello, se precisa su objeto y ámbito de aplicación, las entidades administradoras de los recursos recaudados por este concepto, así como los parámetros de la causación, recaudo, declaración, periodicidad y transferencia del impuesto, cuyo recaudo será destinado a la cuenta del Fondo Contra la Explotación Sexual, de Niños, Niñas y Adolescentes que maneja el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF.

Palabras clave: Impuesto de salida del país por vía aérea. | Por medio del cual se reglamenta el artículo 23 de la ley 679 de 2001, modificado por el artículo 127 de la ley 2010 de 2019, en materia del impuesto de salida del país por vía aérea para nacionales y extranjeros, residentes o no en Colombia | Se deroga el parágrafo único del artículo 2.4.3.1.4.2.7. del Decreto 1084 de 2015.

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

4. Decreto.

Se adiciona un capítulo al Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, mediante el cual se establecen medidas de inspección laboral, así como lineamientos para la prevención, corrección y formalización de prácticas relacionadas con la tercerización e intermediación ilegal. 

Asimismo, se regula la protección frente a la presunción reforzada de laboralidad, se precisan los indicios que pueden evidenciar prácticas ilegales de tercerización, se reglamenta la colaboración con empresas de servicios temporales y se establecen las sanciones aplicables por el incumplimiento de las disposiciones allí previstas.

Palabras clave: Tercerización e intermediación laboral ilegal | Por el cual se adiciona un capítulo 4, al título 3 de la parte 2 del libro 2 del decreto 1072 de 2015, único reglamentario del sector trabajo y se dictan otras disposiciones sobre la tercerización e intermediación laboral ilegal.

5. Resolución.

Se sustituye el sistema de ciclos para el trámite de solicitud de certificados que avalen la procedencia del acceso a los incentivos tributarios por la inversión en proyectos de Fuentes de energía no convencionales (FNCE) y Gestión Eficiente de Energía (GEE), establecidos en la Ley 1715 de 2014. En su lugar, se adopta un nuevo sistema de recepción continua de solicitudes a través del aplicativo web de la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME.

Palabras clave: Incentivos tributarios de la ley 1715 de 2014. | Inversión en proyectos de Fuentes No Convencionales De Energía (FNCE) y Gestión Eficiente De Energía – GEE | Certificado UPME | Se sustituye el sistema de ciclos por una ventana continua de recepción de solicitudes para emitir los certificados que permitan acceder a los incentivos tributarios de la ley 1715 de 2014.

6. Resolución.

Se modifica el artículo 4 de la Resolución 441 de 2024, con el fin de establecer la vigencia del régimen de transición de las normas de contabilidad, de acuerdo con lo señalado en el Decreto 2420 de 2015. Esta disposición aplica a las entidades no vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia que quieran optar por la aplicación voluntaria de la NIIF 17 Contratos de Seguros. 

Asimismo, se modifica el artículo 5 de la misma resolución, para señalar la fecha de derogatoria de la NIIF 4, aplicable a las empresas que cotizan en el mercado de valores o que captan o administran ahorro público.

Palabras clave: NIIF | Por la cual se modifican los artículos 4 y 5 de la Resolución 441 de 2024 en lo relacionado con la entrada en vigencia del “Anexo técnico normativo 01 de 2024 del grupo 1, contentivo de la norma NIIF 17 Contratos de Seguro” y de la derogatoria de la NIIF 4, del marco normativo para empresas que cotizan en el mercado de valores, o que captan o administran ahorro del público.

7.  Circular.

Se imparten lineamientos sobre la aplicación de la tarifa del cero por ciento (0%) del Impuesto de Timbre Nacional a partir del 1 de enero de 2026 y sobre el reintegro de los valores retenidos en exceso o indebidamente por este concepto durante los periodos de enero a junio de 2026. 

Para ello, se indica que las entidades públicas, los organismos autónomos, establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales del Estado, y sociedades de economía mixta deberán aplicar, en lo pertinente, el procedimiento previsto en el artículo 1.2.4.16 del Decreto 1625 de 2016, relacionado con la solicitud escrita del afectado, la anulación del certificado de retención cuando haya sido expedido, el descuento de los valores reintegrados en las declaraciones de retención en la fuente y el término de prescripción aplicable. 

Palabras clave: Impuesto de Timbre Nacional | Tarifa temporal del uno por ciento (1%), conforme a las disposiciones contenidas en el decreto legislativo 0175 de 2025 | Aplicación de la tarifa del cero por ciento (0%) del Impuesto de Timbre Nacional, a partir del 1 de enero de 2026.

8. Circular.

Se establecen los lineamientos de atención en todas las notarías del país para las personas que no saben leer ni escribir, con el propósito de garantizarles el otorgamiento del testamento cerrado con carácter reservado, auténtico e íntegro, en cumplimiento de lo ordenado en la Sentencia C-536 de 2023 de la Corte Constitucional.

Palabras clave: Testamentos | “Atención a personas que no saben leer ni escribir para el otorgamiento de testamento cerrado” | Posibilidad de recibir incluso “soportes videográficos, en donde el testador manifieste de forma inequívoca su voluntad testamentaria.

9.  Sentencia.

Se declara la nulidad parcial del Concepto 154 de 2024, emitido por la Dirección de Impuestos y Aduana Nacionales (DIAN), al considerar que la doctrina allí plasmada no garantizó la aplicación de las tarifas de la Ley 2277 de 2022 para los contribuyentes que se acogieron oportunamente al Régimen Simple de Tributación. En su lugar, la DIAN priorizó los efectos de la reviviscencia de lo consagrado en la Ley 2155 de 2021, que contemplaban una tarifa impositiva menos favorable. 

Palabras clave: Acción de simple nulidad | Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) | Tarifas para los que se acogieron al SIMPLE oportunamente en 2023 | Reviviscencia de normas de carácter tributario | Principios de irretroactividad, de buena fe, de confianza legítima y de seguridad jurídica | Efectos de las sentencias de constitucionalidad | Se declara la nulidad parcial del concepto DIAN 100208192-154 del 5 de marzo de 2024, correspondiente a la cuarta adición al concepto general sobre el Régimen Simple de Tributación, en lo relativo al numeral 2.3., en el entendido de que debía garantizarse la aplicación de las tarifas de la ley 2277 de 2022 para los contribuyentes que se acogieron oportunamente al régimen simple en febrero de 2023 | Sin costas | Con dos salvamentos de voto y una aclaración de voto.

10. Sentencia.

La Corte Constitucional decidió que es exequible la declaratoria del estado de emergencia establecida en el Decreto Legislativo 150 de 2026, a excepción de los hechos y consideraciones relacionados con la atención de la crisis financiera de las entidades prestadoras de servicios públicos de energía eléctrica y el riesgo sistémico relacionado. Asimismo, declaró inexequibles las referencias a las facultades de la Agencia Nacional de Tierras para el deslinde de tierras y recuperación de bienes de uso público y baldíos, así como lo relativo a la actualización de los Planes de Manejo de Cuencas Hidrográficas -POMCA.

Palabras clave: Sentencia C-191/26 | Fallo de constitucionalidad del Decreto 150 de 2026, que estableció el Estado de emergencia económica, social y ecológica en parte del territorio nacional.

11. Sentencia.

La Corte Constitucional declaró que el término máximo de quince (15) días calendario para la devolución del dinero al consumidor en procesos en los que se ejerce el derecho al retracto  es aplicable uniformemente a todas las modalidades de contratación previstas en el artículo 47 de la Ley 1480 de 2011, en la medida en que las modalidades distintas al comercio electrónico no contaban con una garantía temporal para el reembolso.

Palabras clave: Sentencia C-192/26 | Devolución del dinero a favor del consumidor derivada del ejercicio del derecho al retracto | Se declara exequible la expresión “en los casos de comercio electrónico” contenida en el artículo 3 de la ley 2439 de 2024, “en el entendido de que el término máximo de quince (15) días calendario para la devolución del dinero derivada del ejercicio del derecho de retracto aplica de manera uniforme a todas las modalidades de contratación previstas en el artículo 47 de la Ley 1480 de 2011”.

12. Sentencia.

La Corte Constitucional decidió declarar exequible la expresión “las entidades aseguradoras y reaseguradoras, las sociedades comisionistas de bolsa de valores, las sociedades comisionistas agropecuarias, las bolsas de bienes y productos agropecuarios, agroindustriales o de otros commodities y los proveedores de infraestructura del mercado de valores”, del parágrafo 2 del Artículo 204 E.T. En consecuencia, dichas entidades  deberán liquidar y pagar la sobretasa del impuesto de renta por los años gravables señalados en el mismo artículo, siempre y cuando cumplan con el tope base allí previsto. 

Palabras clave: Sentencia C-196/26 | Renta | Se declara exequible la sobretasa temporal del impuesto sobre la renta a cargo de las empresas de los sectores asegurador, bursátil y del mercado de valores (Artículo 10 de la Ley 2277 de 2022. Modificatorio del artículo 240 del Estatuto Tributario) | Principio De Equidad Tributaria | Capacidad contributiva | Diferencias frente a la Tasa Efectiva de Tributación | Incluye reseña de un salvamento de voto.

13. Auto.

El Consejo de Estado, Sección Cuarta, confirmó el auto del 22 de agosto de 2025, mediante el cual se negó la medida de suspensión provisional del Decreto 572 de 2025. Asimismo, revocó el primer y el último numeral del auto del 7 de mayo de 2026, por medio del cual se habían suspendido provisionalmente los efectos de algunos apartes del mismo decreto, relacionados con cambios en las bases y tarifas de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta. La revocatoria tendrá efectos a partir del 1 de julio de 2026, con el fin de facilitar el ajuste de los sistemas de los agentes de retención y autorretención.

Palabras clave: Auto | Se resuelven recursos de súplica acumulados contra dos autos que se pronunciaron sobre suspensión provisional (Total y parcial) del Decreto 572 De 2025 sobre tarifas de autorretención y bases mínimas para practicar retención en la fuente | Se confirma el Auto del 22 de agosto de 2025, Que negó la suspensión provisional del Decreto 572 de 2025 | Se revocan los numerales 1 y 3 del Auto del 07 de mayo de 2026, Que suspendió provisionalmente los efectos de los artículos 2 a 8 del Decreto 572 de 2025 | Se modulan los efectos temporales de la providencia para la adecuada ejecución de la decisión, en el sentido de diferir tales efectos a partir del primer día calendario del mes siguiente a la ejecutoria de este Auto.

14. Proyecto de decreto.

Se adicionaría una sección normativa al Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, con el fin de establecer los parámetros aplicables a la afiliación, cotización, reporte y pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral por parte de los trabajadores digitales independientes y autónomos dedicados a servicios de reparto. Asimismo, se regularía la participación de las plataformas digitales de reparto que operen en el territorio colombiano, para efectos del cumplimiento de estas disposiciones.

Palabras clave: Proyecto de Decreto | Aportes al Sistema de Seguridad Social Integral | Se propone reglamentar la afiliación, cotización, reporte y pago de aportes al sistema de seguridad social integral para los trabajadores digitales en servicios de reparto en modalidad independiente y autónoma, y se dictan otras disposiciones | “Por el cual se adiciona la sección 9 al capítulo 6 del título 1 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo” | Regiría a partir de su publicación. No obstante, las obligaciones de cotización, retención, reporte y recaudo a cargo de las empresas de plataformas digitales de reparto y de los trabajadores digitales únicamente serían exigibles una vez transcurrido el periodo de implementación de 12 meses contados a partir de la fecha de publicación del acto administrativo.

15. Proyecto de decreto.

Se establecería el conjunto de parámetros aplicables a los procesos de disolución de entidades sin ánimo de lucro, en los casos previstos en el artículo 86 de la Ley 2294 de 2023. Para ello, se señalarían las entidades competentes para adelantar dichos procesos, las causales y presunciones que también podrían incidir en su activación, así como las declaraciones finales y la designación del liquidador en cada caso.

Palabras clave: Proyecto de Decreto | Entidad Sin Ánimo de Lucro (ESAL) | Disolución de las ESAL | Se propone reglamentar el artículo 86 de la Ley 2294 de 2023 sobre la disolución de Entidades Sin Ánimo de Lucro y adicionar la sección 3 al capítulo 40, del título 2, de la parte 2 del Decreto 1074 de 2015 y dictar otras disposiciones.

16. Proyecto de resolución.

Se establecerían los parámetros y requisitos de información aplicables a cada tipo de contribuyente, con sus respectivos detalles en cuanto a los ingresos obtenidos por actividades gravadas con el impuesto de industria y comercio en la jurisdicción de Bogotá. Asimismo, se señalarían los topes a partir de los cuales se origina la obligación formal, los plazos, las opciones de entrega de la información, y las sanciones que deberían asumirse por su omisión o corrección.

Palabras clave: Proyecto de Resolución de la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá | Información en Medios Magnéticos – Bogotá | Impuesto de Industria Y Comercio.

17. Concepto.

Se aclara la categorización de los vehículos para efectos de la aplicación de las tarifas del impuesto sobre vehículos automotores administrados por las entidades territoriales departamentales, junto con las generalidades del tributo y las exclusiones aplicables.

Palabras clave: Impuestos territoriales | Impuesto de Vehículos Automotores Eléctricos | Base gravable | Tarifa | “Para cada vigencia fiscal, el valor comercial o base gravable es determinado por el Ministerio de Transporte mediante resolución”.

FacebookLinkedinInstagramWhatsApp
Your Logo

Junio 2026

   CONTENIDO

  1. Decreto. Se establecen los criterios procedentes para la no causación del impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso y la certificación por parte de la autoridad competente que permita este tratamiento tributario. 
  2. Decreto. Se adicionan disposiciones relacionadas con el ejercicio de los negocios fiduciarios, su caracterización, las responsabilidades aplicables, los aspectos contractuales y los mecanismos de vigilancia y control.
  3. Resolución. Se adiciona un artículo a la RUE-TAC que prescribe el formulario a utilizar para hacer efectiva la Declaración del Impuesto Complementario de Normalización Tributaria del año gravable 2026.
  4. Resolución. Se modifica el literal d) del artículo 4 de la Resolución 3099 de 2015 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para determinar nuevos criterios de estimación de los retiros programados en materia pensional.
  5. Auto. El Consejo de Estado – Sección Cuarta, suspendió provisionalmente los efectos de varios artículos del Decreto 572 de 2025, mediante el cual se modificaron las bases y tarifas aplicables a la retención del impuesto de renta.
  6. Proyecto de decreto. Se modificaría el Decreto 1072 de 2015 relacionado con el Régimen Simple Laboral del Auxilio de Cesantías, con el fin de ampliar las directrices que implican la liquidación y pago de esta prestación social laboral.
  7. Comunicado de prensa. La Corte Constitucional declaró inexequible, por consecuencia, el decreto legislativo que adoptaba medidas extraordinarias para salvaguardar la prestación del servicio público domiciliario durante la emergencia económica decretada en diciembre de 2025. 
  8. Comunicado de prensa. La Corte Constitucional se inhibió de pronunciarse sobre la constitucionalidad de las expresiones demandadas del parágrafo 5 del artículo 908 del Estatuto Tributario, por ineptitud sustantiva de la demanda.
  9. Circular. Se imparten directrices sobre los procesos de traslado del recaudo tributario, incluidos los recursos provenientes de las medidas tributarias extraordinarias adoptadas con ocasión de la declaratoria de emergencia económica.
  10. Circular. Se establecería un nuevo plazo para la aplicación de la Circular 13 de 2025 de la Superintendencia Financiera, lo que permitiría a las entidades aseguradoras contar con un mayor margen de tiempo para implementar lo dispuesto en la nueva NIIF.

1. Decreto 509

19/05/2026

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Se reglamenta el artículo 52 de la Ley 2277 de 2022 y se modifica el Decreto 1625 de 2016, para establecer los lineamientos que permitan determinar la no causación del impuesto nacional sobre los productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes. También se establece el procedimiento para expedir la Certificación de Economía Circular —CEC— y se define su contenido mínimo, como documento necesario para hacer efectiva la no causación del impuesto, cuya emisión estará a cargo de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales —ANLA—.


Palabras clave: Impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes | Ley 2277 de 2022 | Decreto 1625 de 2016 | Sujeto pasivo del impuesto | Productor y/o importador | No causación del impuesto | Certificación de Economía Circular —CEC—.

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

2. Decreto 510 

19/05/2026

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Se adicionan disposiciones al Decreto 2555 de 2010, relacionadas con la reglamentación de los negocios fiduciarios, con el fin de especificar sus conceptos, principios, deberes societarios, contenidos contractuales de esta figura, reglas de autorización, tipos de negocios fiduciarios y la entidad competente para ejercer su vigilancia.

Palabras clave: Negocios fiduciarios | Decreto 2555 de 2010 | Normas aplicables a los negocios fiduciarios.

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

3.  Resolución 13

07/05/2026

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN-

Se adiciona la Resolución 27 de 2025, Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria, con el fin de prescribir el formulario para la presentación de la Declaración del Impuesto Complementario de Normalización Tributaria por el año gravable 2026. Este impuesto fue establecido por el Gobierno Nacional mediante el Decreto Legislativo 240 del 12 de marzo de 2026, con el fin de atender parte de la emergencia económica declarada por medio del Decreto Legislativo 150 del pasado 11 de febrero del presente año.


Palabras clave: Formularios DIAN | Impuesto complementario de normalización tributaria | Formulario del impuesto complementario de normalización tributaria por el año 2026 | Resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria.

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

4. Resolución

Se modifica el parámetro para determinar la estimación de los retiros programados en materia pensional a los que se refiere la Resolución 3099 de 2015 en su artículo 4, literal d) del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante el incremento del número de años que deben considerarse en el promedio relacionado y la exclusión de determinados valores del periodo analizado, sin perjuicio de lo consagrado en el Decreto 1833 de 2016 en su artículo 2.2.17.2.

Palabras clave: Pensiones | Retiro programado | Estimación de los retiros programados | Resolución 3099 de 2015.

5. Auto

El Consejo de Estado – Sección Cuarta decidió suspender provisionalmente los efectos de algunos artículos del Decreto 572 de 2025, expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, al considerar cumplidos los requisitos legales de la medida cautelar, especialmente por los cuestionamientos sobre la falta de motivación suficiente para modificar bases y tarifas tributarias fijadas por el Congreso.

Palabras clave: Medida cautelar | Suspensión provisional | Retención en la fuente | Bases de retención | Tarifas de retención en la fuente y de autorretención | Requisitos de procedibilidad de la suspensión provisional | Decreto 572 de 2025 | Suspensión provisional de los efectos de los artículos 2 a 8 del Decreto 572 de 2025 | Aplicación de las normas sustituidas por los artículos suspendidos. 

6. Proyecto de decreto

El Ministerio de Trabajo modificaría algunos artículos del Decreto 1072 de 2015 con el fin de proponer cambios en el Régimen Simple Laboral del Auxilio de Cesantías, específicamente para ampliar las directrices relativas al cálculo de base de liquidación de cesantías, intereses de cesantías y pagos y consignaciones por estos conceptos.

Palabras clave: Proyecto de decreto | Auxilio de cesantías | Base de liquidación | Intereses de cesantías | Liquidación y pago de intereses de cesantías | Consignación de cesantías | Decreto 1072 de 2015 | Régimen simple laboral del auxilio de cesantías.

7.  Comunicado de prensa

La Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto Legislativo que establecía medidas extraordinarias que buscaban garantizar la prestación del servicio de energía eléctrica durante la emergencia económica declarada en el mes de diciembre del 2025, y ordenó la devolución o compensación de los recursos recaudados producto de tales medidas, todo esto como consecuencia de la decisión de inexequibilidad del Decreto Legislativo que declaró la emergencia económica.

Palabras clave: Sentencia C-115 de 2026 | Emergencia económica y social | Inexequibilidad por consecuencia | Decreto Legislativo 44 de 2026 | Servicio público domiciliario de energía eléctrica | Decreto Legislativo 1390 de 2025 | Sentencia C-075 de 2026.

8. Comunicado de prensa

La Corte Constitucional decidió, mediante sentencia, declararse inhibida para dar pronunciamiento sobre la constitucionalidad de las expresiones contenidas en el parágrafo 5 del artículo 908 del Estatuto Tributario, que fueron demandadas bajo los cargos de violación del principio de igualdad y equidad tributaria horizontal y del principio de progresividad, y desconocimiento del principio de capacidad contributiva.

Palabras clave: Sentencia C-121 de 2026 | Régimen simple de tributación | Contribuyente con pluralidad de actividades económicas | Regulación tarifaria en el régimen simple de tributación | Parágrafo 5 del artículo 908 del Estatuto Tributario | Fallo inhibitorio | Ineptitud sustantiva de la demanda.

9.  Circular

La DIAN actualiza los conceptos de pago y las cuentas para el traslado del recaudo de los impuestos que administra, independientemente de la forma o canal de recaudo, incluidos los tributos establecidos mediante los decretos legislativos expedidos en el marco de la emergencia económica de enero de 2026.

Palabras clave: Entidades autorizadas para recaudar | Representantes legales y revisores fiscales | Recaudo de impuestos nacionales | Traslado y reporte de recaudo | Cuentas vigentes para transferencia de recaudos | Servicios electrónicos del Banco de la República —SEBRA— | Códigos de operación para la exención del gravamen a los movimientos financieros | Informe de recaudo diario | Códigos estadísticos del informe diario de recaudo | Derogatoria de la Circular Externa 000002 de 2023.

10. Circular

La Superintendencia Financiera amplió el plazo para la aplicación de lo consagrado en la Circular 13 de 2025, relacionada con la entrada en vigencia de la Norma Internacional de Información Financiera NIIF 17 sobre los contratos de seguros, en concordancia con lo normado por el Decreto 219 de 2026.

Palabras clave: Aplicación de la NIIF 17 | Ampliación del plazo de entrada en vigencia | Circular Externa 013 de 2025 | Entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia | Decreto 2420 de 2015 | Decreto 1271 de 2024 | Decreto 217 de 2026 | Decreto 2555 de 2010 | Decreto 1272 de 2024 | Decreto 219 de 2026.

FacebookLinkedinInstagramWhatsApp
Your Logo

Mayo 2026

   CONTENIDO

  1. Decreto. Se ajusta el costo fiscal de los activos fijos por el año gravable 2025. 
  2. Decreto. Se reglamenta el sistema de finanzas abiertas, fijando reglas para el acceso y suministro de información financiera con autorización del titular.
  3. Decreto. Se modifica el régimen de inversión en activos del exterior de los fondos de pensiones, fijando límites, reglas de cumplimiento y transición.
  4. Decreto.  Se modifica la presunción de costos para liquidar aportes al sistema de seguridad social de trabajadores independientes.
  5. Decreto. Se ordena el traslado de recursos del RAIS al Régimen de Prima Media para afiliados que ejercen la oportunidad de traslado.
  6. Resolución. Se establecen las condiciones para la transmisión de facturas electrónicas en reconocimiento voluntario del incumplimiento de facturar.
  7. Circular externa. Se depura la Circular Básica Contable y Financiera (CBCF) de la Superintendencia Financiera y se expide la nueva Circular Básica Financiera. 
  8. Comunicado de prensa. Se declara inexequible el decreto 1390 de 2025 que decretaba el estado de emergencia económica, social y ecológica.
  9. Comunicado de prensa. La Corte Constitucional declara inexequible el Decreto 1474 de 2025, que establecía medidas tributarias en el marco del estado de emergencia, y modula los efectos de la decisión.
  10. Comunicado de prensa. La Corte declara exequible el artículo 48 (parcial) de la Ley 1438 de 2011 sobre el impuesto social a las armas, municiones y explosivos.
  11. Auto. El Consejo de Estado suspende provisionalmente el decreto que ordenaba el traslado de recursos a Colpensiones.
  12. Auto. Se suspende el concepto de la DIAN sobre la exención del GMF por desconocer la condición de entrada en operación del sistema de información.
  13. Proyecto de decreto. Se establecería el componente inflacionario de rendimientos financieros y el interés presunto aplicable a préstamos entre sociedades y socios.
  14. Proyecto de decreto. Se modificaría el anexo técnico de las NIIF Grupo 1 mediante la incorporación del anexo técnico 2 de 2026.
  15. Proyecto de resolución. Se definirían los obligados, las especificaciones y plazos para la entrega de información en medios magnéticos del ICA en Bogotá.
  16. Proyecto de resolución. Se modificaría la RUE-TAC respecto de especificaciones, formatos, reportes de pago y datos sobre enajenación de acciones.
  17. Proyecto de resolución. Se prescribiría el formulario número 445 “Declaración Impuesto Complementario de Normalización Tributaria”. 
  18. Concepto. La DIAN precisa las reglas de redondeo en obligaciones tributarias y el tratamiento contable de sus diferencias.
  19. Concepto general. La DIAN se pronuncia sobre las medidas temporales tributarias dispuestas en los artículos 3 a 6 del Decreto Legislativo 240 de 2026.

1.  Decreto 449

27-04-2026

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Se fija en cinco coma ochenta y uno por ciento (5,81%) el ajuste del costo fiscal de los activos fijos por el año gravable 2025, de acuerdo con lo previsto en el artículo 70 del Estatuto Tributario. Asimismo, se establece el costo fiscal que podrán tomar las personas naturales para determinar la renta o ganancia ocasional proveniente de la enajenación, durante el año gravable 2025, de bienes raíces y de acciones o aportes que tengan el carácter de activos fijos. 

Palabras clave: renta | ganancia ocasional | año gravable 2025 | ajuste al costo de los activos fijos | artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario | Decreto 1625 de 2016 | cifras históricas de ajuste | enajenación de activos fijos.

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

2. Decreto 368 

7-Abr-2026

Ministerio de Hacienda y Crédito Público 

Se reglamenta el sistema obligatorio de finanzas abiertas, estableciendo reglas para el acceso y suministro estandarizado de información financiera, previa autorización del titular, con el fin de promover la inclusión financiera, la competencia, la innovación y la protección de datos.  

Palabras clave: sistema de finanzas abiertas | Decreto 2555 de 2010 | alcance | acceso y tratamiento de la información | estándares del sistema de finanzas abiertas | directorio de participantes | esquemas voluntarios | seguimiento del sistema de finanzas abiertas.

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

3.  Decreto 369 

7-Abr-2026 

Ministerio de Hacienda y Crédito Público 

Se modifica el Decreto 2555 de 2010 en relación con el régimen de inversión en activos del exterior de los fondos de pensiones obligatorias administrados por las AFP, mediante la fijación de un límite global, las reglas para su cumplimiento y un régimen de transición gradual.


Palabras clave: pensiones obligatorias | Decreto 2555 de 2010 | régimen de inversión en activos en el exterior | fondos de pensiones obligatorias | AFP | proyectos de inversión públicos y privados en el territorio nacional.

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

4. Decreto.

Se modifica el esquema de presunción de costos para la liquidación de aportes al Sistema de Seguridad Social de trabajadores independientes por cuenta propia y los independientes con contratos diferentes a prestación de servicios. 

Palabras clave: aportes a la seguridad social | trabajadores independientes por cuenta propia | independientes con contratos diferentes a prestación de servicios | liquidación de aportes | esquema de presunción de costos | UGPP | Decreto 780 de 2016 | alternativa a la liquidación con base en el esquema de presunción de costos que para el efecto expida o actualice la UGPP mediante resolución.

5. Decreto.

Se ordena el traslado de los recursos correspondientes a la cuenta de Ahorro Individual de los afiliados que hagan uso de la oportunidad de traslado prevista en el artículo 76 de la Ley 2381 de 2024, del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) al Régimen de Prima Media con Prestación Definida a cargo de la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones.

Palabras clave: pensiones | traslado de recursos del RAIS al régimen de prima media | Colpensiones | artículo 76 de la Ley 2381 de 2024 | adición de los capítulos 5 y 6 al Decreto 1833 de 2016 | exigibilidad del traslado | esta reglamentación se efectúa “hasta tanto se defina la vigencia de la ley 2381 de 2024 por parte de la corte constitucional”.

6. Resolución.

Se establecen las condiciones para la transmisión de facturas electrónicas en casos de reconocimiento voluntario del incumplimiento de la obligación formal de facturar, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto Legislativo 0240 de 2026.

Palabras clave: facturación electrónica | transmisión de facturas electrónicas | reconocimiento voluntario del incumplimiento de la obligación de facturar | subsección transitoria | artículos 1.5.1.5.10.1 a 1.5.1.5.10.5 | Resolución DIAN 000227 | Decreto Legislativo 0240 de 2026.

7.  Circular externa.

Se depura, actualiza y organiza la Circular Básica Contable y Financiera (CBCF) de la Superintendencia Financiera y se expide la nueva Circular Básica Financiera. 

Palabras clave: Circular Básica Contable y Financiera (CBFC) | nueva expedición de la CBF | circular externa | derogatoria de circulares externas compiladas | derogatoria de disposiciones contradictorias.

8. Comunicado de prensa.

La Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025, por medio del cual se declara el estado de emergencia económica, social y ecológica en todo el territorio nacional.

Palabras clave: Sentencia C-075 de 2026 | estado de emergencia económica y social | Decreto 1390 de 2025 | inexequibilidad | incumplimiento del presupuesto fáctico | suspensión de efectos de los decretos legislativos 1474 de 2025 y 044 de 2026.

9.  Comunicado de prensa.

Se declara inexequible el Decreto Legislativo 1474 del 29 de diciembre de 2025. Asimismo, la Corte moduló los efectos de la decisión, ordenó la devolución de los pagos realizados en los casos previstos y mantuvo las situaciones jurídicas consolidadas de quienes accedieron a los beneficios del Decreto 1474 de 2025.

Palabras clave: Sentencia C-079 de 2026 | inexequibilidad del Decreto 1474 de 2025 | efectos de la decisión | situaciones jurídicas consolidadas | devolución de impuestos directos e indirectos.

10. Comunicado de prensa.

Se declara exequible el artículo 48 (parcial) de la Ley 1438 de 2011 que crea el impuesto social a las armas, municiones y explosivos por los presuntos cargos de vulneración del principio de legalidad y certeza tributaria. 

Palabras clave: Sentencia C-097 de 2026 | impuesto social a las municiones y explosivos | artículo 48 de la Ley 1438 de 2011 | exequibilidad parcial | hecho generador determinable | interpretación sistemática de la ley | salvamentos de voto.

11. Auto.

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente los efectos del Decreto 415 del 20 de abril de 2026, que ordenaba el traslado de recursos de las cuentas de ahorro individual a Colpensiones en virtud de la oportunidad de traslado del artículo 76 de la ley 2381 de 2024 de quienes no han consolidado el derecho.

Palabras clave: auto | pensiones | giro de recursos de cuentas de ahorro individual a Colpensiones | afiliados sin derecho pensional consolidado | suspensión provisional parcial | Decreto 415 de 2026 | Decreto 1833 de 2016.

12. Auto.

El Consejo de Estado suspendió los efectos de un concepto de la DIAN sobre la exención del GMF, al considerar que desconoce la condición suspensiva relacionada con la entrada en operación del sistema de información de las entidades financieras y/o cooperativas para la exención del GMF de todas las cuentas previsto en la Ley 2277 de 2022.

Palabras clave: auto | acción de simple nulidad | Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) | exención del artículo 879 E.T. | sistema de información | condición suspensiva | suspensión provisional del Oficio DIAN 100202208-1494 de 2024.

13. Proyecto de decreto.

Se establecería y determinarían los sujetos pasivos del componente inflacionario de los rendimientos financieros y el interés presunto para préstamos entre sociedades y socios, rendimientos financieros, costos y gastos financieros. 

Palabras clave: proyecto de decreto | interés presunto | componente inflacionario en rendimientos | artículos 35, 38, 39, 40, 40-1, 41, 81, 81-1 y 118 del Estatuto Tributario | Decreto 1625 de 2016.

14. Proyecto de decreto.

Se modificaría parcialmente el anexo técnico de las Normas de Información Financiera Grupo 1 del DUC mediante la incorporación del anexo técnico 2 – 2026, “Normas y enmiendas de las Normas de Información Financiera Grupo 1”, en la Sección de Anexos del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015.

Palabras clave: proyecto de decreto | NIIF Grupo 1 | Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 | anexo técnico de las Normas de Información Financiera | normas de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información.

15. Proyecto de resolución.

Se definirían los sujetos obligados, las especificaciones técnicas y los plazos para la presentación de la información del ICA en medios magnéticos en Bogotá para el año 2025.

Palabras clave: proyecto de resolución de la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá | información exógena | requerimiento de información | obligados tributarios.

16. Proyecto de resolución.

Se modificaría la RUE-TAC en lo relativo a las especificaciones técnicas y versiones de formatos; la corrección y homologación de etiquetas en los encabezados de formato; el ajuste de la obligación de reportar la fecha de pago; y la ampliación de la información a reportar sobre la enajenación de acciones, entre otros aspectos.

Palabras clave: proyecto de resolución DIAN | reporte de información tributaria | modificación parcial de la Resolución 000227 de 2025 | RUE-TAC.

17. Proyecto de resolución.

Se prescribiría el formulario número 445 “Declaración Impuesto Complementario de Normalización Tributaria” para declarar, presentar y pagar el Impuesto Complementario de Normalización Tributaria por el año gravable 2026.

Palabras clave: proyecto de resolución DIAN | impuesto complementario de normalización tributaria | artículo 1.2.2.40 | nuevo formulario | Resolución 000227 de 2025 | RUE-TAC.

18. Concepto.

La DIAN precisa las reglas de aproximación o redondeo de valores en declaraciones tributarias, recibos de pago, conversión de UVT, IVA y facturación, y señala que las diferencias contables que se generen deben contar con soporte, cuyo tratamiento corresponde al CTCP.

Palabras clave: procedimiento tributario | aproximación de valores | declaraciones tributarias | recibos de pago | conversor UVT | comparación simple | truncamiento | redondeo | registro contable.

19. Concepto general.

La DIAN emitió el concepto general sobre las medidas temporales tributarias dispuestas en los artículos 3 a 6 del Decreto Legislativo 240 de 2026, relacionadas con la reducción transitoria de sanciones e intereses moratorios por omisión o corrección de declaraciones, subsanación por incumplimiento de obligaciones formales y conciliación contencioso-administrativa en materia tributaria, aduanera y cambiaria.

Palabras clave: concepto general DIAN | Decreto Legislativo 240 de 2026 | medidas temporales tributarias | reducción transitoria de sanciones e intereses moratorios | omisión o corrección de declaraciones | subsanación de obligaciones formales | conciliación contencioso-administrativa.

FacebookLinkedinInstagramWhatsApp
Your Logo

Abril 2026

   CONTENIDO

  1. Decreto. Se modifica el Decreto 1271 de 2024 para ajustar la fecha de entrada en vigencia de la NIIF 17 de las entidades del Grupo 1.
  2. Decreto. Se crean nuevos impuestos al consumo, al patrimonio y de normalización, junto con beneficios en materia de sanciones e intereses.
  3. Decreto. Se define el procedimiento para la devolución del IVA e impuesto al consumo a diplomáticos y organismos internacionales.
  4. Decreto. Se aplaza la entrada en vigencia del régimen de reservas técnicas para reaseguradoras bajo NIIF 17.
  5. Resolución. Se establece el procedimiento para el recaudo y pago de la tarifa prevista en el artículo 21 de la Ley 2251 de 2022.
  6. Resolución. Se modifica el instructivo y los conceptos del Recibo Oficial de impuestos nacionales, incluyendo nuevos códigos, sujetos pasivos y periodicidades.
  7. Resolución. Se prescribe el formulario 425 para la declaración y pago del impuesto al patrimonio del año 2026.
  8. Circular externa. Se informa el precio promedio de los títulos y bonos transados en la Bolsa de Valores de Colombia.
  9. Sentencia. La Corte Constitucional revocó sentencias del Consejo de Estado que anulaban el incremento de la tarifa del ICA en varios municipios.
  10. Sentencia. La Corte Constitucional declaró exequible la sobretasa al impuesto sobre la renta para las empresas hidroeléctricas.
  11. Auto. El Consejo de Estado suspendió los oficios de la DIAN que exigían revisor fiscal a las EICE por superar topes legales.
  12. Proyecto de decreto. Se actualizaría y compilaría el marco técnico de las Normas de Aseguramiento de la Información Financiera en Colombia.
  13. Proyecto de resolución. Se definirían mecanismos transitorios para la transmisión de facturas ante el reconocimiento voluntario del incumplimiento de facturar.
  14. Concepto. La DIAN expidió el concepto general en relación con el impuesto al patrimonio para personas jurídicas en Colombia.

1.  Decreto 217 

      05-03-2026

      Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Se modifica el artículo 4 del Decreto 1271 de 2024, en relación con el Decreto 2420 de 2015, para aplazar la entrada en vigencia de la NIIF 17 (Contratos de seguro), aplicable a las entidades del Grupo 1 en Colombia. Asimismo, se establece que la nueva fecha también aplica a los preparadores de información financiera que deben presentar estados financieros individuales y separados.

Palabras clave: Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). | Contratos de seguro.

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

2. Decreto 240

12-03-2026

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Se adoptan medidas tributarias que incluyen la creación de un impuesto nacional al consumo para ciertos juegos operados por internet, la definición de nuevos sujetos pasivos del impuesto al patrimonio para personas jurídicas y sus reglas de aplicación, así como beneficios en el régimen sancionatorio y la reducción de intereses moratorios, junto con la creación de un impuesto de normalización tributaria. Estas medidas buscan recaudar recursos para atender la emergencia económica, social y ecológica declarada mediante el Decreto Legislativo 150 del 11 de febrero de 2026.

Palabras clave: Estado de emergencia económica, social y ecológica. | Decreto Legislativo 0150 de 2026. | impuesto al patrimonio | impuesto nacional al consumo de juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet. | Impuesto complementario de normalización tributaria. | alivios en materia tributaria.

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

3.  Decreto 246

      12-03-2026

      Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Se establece el procedimiento y las condiciones para la devolución del IVA y del impuesto nacional al consumo a diplomáticos, organismos internacionales y misiones diplomáticas y consulares, en el marco de tratados y el principio de reciprocidad internacional. 

Palabras clave: IVA | impuesto nacional al consumo | devolución del impuesto sobre las ventas (IVA) | devolución del impuesto nacional al consumo | diplomáticos, organismos internacionales y misiones diplomáticas y consulares.

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

4. Decreto.

Se modifica y se aplaza la entrada en vigencia del régimen de reservas técnicas aplicable a las entidades reaseguradas, en razón de la complejidad asociada a la implementación de la NIIF 17. Durante el período de transición, se establece una prima especial de liquidez, vigente hasta que la Superintendencia Financiera defina una metodología oficial.

Palabras clave: régimen de reservas técnicas de las entidades aseguradoras | entrada en vigencia del régimen de reservas técnicas | Decreto 1272 de 2024 | modificación normativa | Decreto 2555 de 2010 | disposiciones adicionales.

5. Resolución.

Se establece el procedimiento para el recaudo y pago de la tarifa del 0.1% establecida en el artículo 21 de la Ley 2251 de 2022, aplicable a las operaciones de transporte terrestre de carga en vehículos con un peso bruto superior a 10.5 toneladas.

Palabras clave: retención en la fuente | tarifa sobre operaciones de transporte terrestre de carga.

6. Resolución.

Se modifica el instructivo y los conceptos del Recibo Oficial de impuestos nacionales, incluyendo nuevos códigos, sujetos pasivos y periodicidades.

Palabras clave: formulario DIAN 490 | recibo oficial de pago de impuestos nacionales | instructivo del formulario 490 | actualización de la tabla de formularios | Resolución 000227 de 2025.

7.  Resolución.

Se prescribe el formulario 425 para la declaración, presentación y pago del impuesto al patrimonio correspondiente a personas jurídicas, sociedades de hecho y establecimientos permanentes (incluidas sucursales de entidades del exterior), aplicable a la vigencia 2026.


Palabras clave: emergencia económica | impuesto al patrimonio para personas jurídicas 2026 | formulario DIAN 2026.

8. Circular externa.

Se informa el precio promedio de los títulos y bonos transados en la Bolsa de Valores de Colombia en diciembre de 2025.


Palabras clave: precio promedio de transacciones de títulos y bonos | títulos y bonos transados en bolsa diciembre de 2025 | artículo 271 del Estatuto Tributario | valor patrimonial de inversiones.

9.  Sentencia SU.

La Corte Constitucional amparó los derechos fundamentales al debido proceso e igualdad de varios municipios al revocar decisiones de la sección cuarta del Consejo de Estado que habían anulado acuerdos municipales y distritales sobre el incremento de la tarifa del impuesto de industria y comercio (ICA) a la luz de la facultad prevista en el artículo 14 de la Ley 2082 de 2021. 


Palabras clave: Sentencia SU-047 de 2026 | impuesto de industria y comercio (ICA) | tarifas del ICA | Cali y Yopal | debido proceso e igualdad | Consejo de Estado.

10. Sentencia.

La Corte Constitucional analizó la constitucionalidad de la sobretasa al impuesto sobre la renta aplicable a las empresas generadoras de energía hidroeléctrica y concluyó que la norma es exequible por las razones allí expuestas.


Palabras clave: Sentencia C-050 de 2026 | impuesto sobre la renta | tarifa para personas jurídicas | sobretasa a generadoras de energía hidroeléctrica a través de recursos hídricos | cosa juzgada | igualdad y equidad tributaria | libre competencia económica | justicia tributaria | exequibilidad.

11. Auto.

El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de los oficios de la DIAN que sostenían que las EICE debían contar con revisor fiscal al superar los topes previstos en el artículo 13 de la Ley 43 de 1990, pese a que dicha disposición se refiere exclusivamente a las sociedades comerciales.


Palabras clave: auto | medida cautelar de suspensión provisional | requisitos especiales de procedibilidad | empresas industriales y comerciales del Estado (EICE) | revisor fiscal | conceptos DIAN 006807 de 2025 y 012098 de 2025 | suspensión provisional de efectos de los conceptos. 

12. Proyecto de decreto.

Este proyecto pretende modificar, actualizar y compilar el marco técnico de las Normas de Aseguramiento de la Información en Colombia, en cumplimiento de la Ley 1314 de 2009.

Palabras clave: proyecto de decreto | normas de aseguramiento de la información (NIA) | compilación y actualización normativa | Decreto 2420 de 2015 | marco técnico de aseguramiento de la información.

13. Proyecto de resolución.

Se establecerían las condiciones y mecanismos transitorios para la transmisión de facturas electrónicas en casos de reconocimiento voluntario del incumplimiento de la obligación de facturar, en el marco de la normativa tributaria y de emergencia económica en Colombia.

Palabras clave: proyecto de resolución DIAN | facturación electrónica | emergencia económica, social y ecológica | Decreto Legislativo 150 de 2026 | regularización voluntaria (regla transitoria) | transmisión de facturas electrónicas | Resolución 000227 de 2015.

14. Concepto.

La DIAN emitió un concepto general en el que explica las medidas tributarias relacionadas con el impuesto al patrimonio para personas jurídicas en Colombia, incluyendo los hechos generadores, los sujetos pasivos y los principales aspectos normativos.


Palabras clave: concepto general DIAN | impuesto al patrimonio para personas jurídicas 2026 | medidas tributarias | Decretos Legislativos 173 y 240 de 2026.

FacebookTwitterLinkedinInstagramWhatsApp
Your Logo

Marzo 2026

   CONTENIDO

      1. Decreto 159. Se establece transitoriamente el Salario Mínimo Legal Mensual para la vigencia del año 2026, a partir de la publicación del Decreto, en tanto el Consejo de Estado emite decisión de fondo sobre la suspensión del Decreto 1469 de 2025. 
      2. Decreto 173. Se adoptan nuevas medidas relacionadas con el impuesto al patrimonio para la vigencia del año 2026, con el fin de atender los gastos que cubrirán la emergencia que fue declarada mediante el Decreto Legislativo 150 de 2026.
      3. Resolución 5. Se establece la forma en que se declara, liquida y paga el impuesto a los productos plásticos de un solo uso en la importación (IPUSUI), y prescribe el formato a emplear para ello.
      4. Resolución. Se modifican los plazos para realizar la solicitud de certificado UPME, a través del cual se concede incentivos de carácter tributario por la utilización de fuentes no convencionales de energía (FNCE).
      5. Sentencia. La Corte Suprema de Justicia resuelve impugnación contra un fallo condenatorio por omisión de agente retenedor, en el cual se determinó la afectación del sistema fiscal y la confianza pública en el recaudo de recursos estatales.
      6. Sentencia. Se declara la nulidad sobre una expresión en el artículo segundo del Decreto que establece la declaración anual del ingreso base de cotización para efectos del sistema de seguridad social de los independientes.
      7. Sentencia. Se niega la nulidad del concepto de la DIAN relacionado con el carácter tributario de operaciones que involucran donaciones entre residentes y no residentes fiscales en Colombia.
      8. Auto. Se suspende provisionalmente el decreto que fijó el incremento del salario mínimo para el año 2026, y se ordena la expedición de un nuevo acto administrativo que fije de forma transitoria la cifra, en tanto se emite decisión de fondo sobre el caso.
      9. Auto. Se suspende provisionalmente la doctrina de la DIAN respecto al tratamiento de operaciones de retiro de inventarios para proyectos de construcción VIS y VIP. 
      10. Comunicado. La Corte Constitucional declaró la exequibilidad de los artículos del Estatuto Tributarios que tratan de ciertas disposiciones especiales relacionadas con los impuestos saludables.
      11. Comunicado. La Corte Constitucional declaró exequibles ciertas expresiones que se relacionan con las importaciones de los productos ultraprocesados y también aquellos producidos en zona franca.
      12. Comunicado. La Corte Constitucional condicionó bajo la existencia de ciertos acuerdos y con la verificación de la entidad competente, la autorización de renuncia a prestaciones sociales del trabajador.

1.  Decreto 159

19/02/2026

Ministerio del Trabajo

Se determina de forma transitoria el Salario Mínimo Legal Mensual para el año 2026, con motivo de la suspensión provisional por parte del Consejo de Estado de los efectos del Decreto 1469 de 2025, que fijó el incremento del salario mínimo aplicable al año 2026. Lo anterior, hasta tanto se adopte una decisión de fondo dentro del proceso que dio lugar a la demanda y se expida un nuevo decreto que fije el salario mínimo correspondiente.

SALARIO MÍNIMO. / 2026. // “POR EL CUAL SE FIJA TRANSITORIAMENTE EL SALARIO MÍNIMO MENSUAL LEGAL DEL AÑO 2026”. // PUBLICADO EN DIARIO OFICIAL 53.403 DEL 19 DE FEBRERO DE 2026.

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

2. Decreto 173

24/02/2026

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Se adoptan medidas tributarias, entre ellas la adición de nuevas disposiciones respecto al impuesto al patrimonio, que involucran nuevos sujetos pasivos, hechos generadores, bases gravables y tarifas. Estas medidas tendrán carácter transitorio y serán aplicables únicamente durante la vigencia del año fiscal 2026, con el fin de atender los gastos del Presupuesto General de la Nación para enfrentar el estado de emergencia declarado mediante el Decreto Legislativo 150 de 2026, con ocasión de las catástrofes climáticas presentadas en diferentes regiones del territorio colombiano.

ESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA, SOCIAL Y ECOLÓGICA EN PARTE DEL TERRITORIO NACIONAL (DECRETO LEGISLATIVO 0150 DE 2026). // IMPUESTO AL PATRIMONIO PARA PERSONAS JURÍDICAS. / VIGENCIA 2026. // “POR EL CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS TRIBUTARIAS EN MATERIA DE IMPUESTO AL PATRIMONIO, CON EL FIN DE ATENDER LOS GASTOS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN NECESARIOS PARA HACER FRENTE AL ESTADO DE EMERGENCIA DECLARADO MEDIANTE EL DECRETO LEGISLATIVO 0150 DE 2026”.

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

3Resolución 5

09/02/2026

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-

La DIAN establece el conjunto de lineamientos para la declaración, liquidación y pago del impuesto nacional aplicable a los productos plásticos de un solo uso en la importación de productos plásticos de un solo uso (IPUSUI), incluyendo la regulación de sus exclusiones, exenciones y sanciones. Asimismo, se prescribe el formato llamado “Reporte de declaraciones de importación para la declaración y liquidación del IPUSUI”, para realizar el cargue de la información de acuerdo con lo establecido en su correspondiente anexo técnico.

IMPUESTO NACIONAL SOBRE PRODUCTOS PLÁSTICOS DE UN SOLO USO EN LA IMPORTACIÓN (IPUSUI). // “POR LA CUAL SE ESTABLECE LA FORMA EN LA QUE SE DECLARA, LÍQUIDA Y PAGA EL IMPUESTO NACIONAL SOBRE PRODUCTOS PLÁSTICOS DE UN SOLO USO EN LA IMPORTACIÓN (IPUSUI) Y SE PRESCRIBE EL FORMATO DE “REPORTE DE DECLARACIONES DE IMPORTACIÓN PARA LA DECLARACIÓN Y LIQUIDACIÓN DEL IPUSUI”.

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

4. Resolución.

Se modifican los plazos establecidos en la normativa que regula el procedimiento, requisitos y tarifas aplicables a la evaluación de las solicitudes para la emisión del certificado con el cual se puede acceder a los incentivos tributarios por la utilización de fuentes no convencionales de energía, expedido por la Unidad de Planeación Minero-Energética.

INCENTIVOS TRIBUTARIOS POR LA UTILIZACIÓN DE FUENTES NO CONVENCIONALES DE ENERGÍA (FNCE). // “POR LA CUAL SE MODIFICA EL NUMERAL 6.1 DEL ARTÍCULO 6 DE LA RESOLUCIÓN UPME 135 DE 2025, RESPECTO AL PRIMER CICLO DE RECEPCIÓN DE SOLICITUDES PARA EMITIR LOS CERTIFICADOS QUE PERMITAN ACCEDER A LOS INCENTIVOS TRIBUTARIOS DE LA LEY 1715 DE 2014″.

5. Sentencia.

La Corte Suprema de Justicia resuelve el recurso de impugnación especial por razón de la cuantía, interpuesto contra la sentencia condenatoria proferida contra el propietario de un establecimiento de comercio, a quien se le atribuyó la autoría del delito de omisión de agente retenedor del impuesto sobre las ventas – IVA, cometido en el año 2012. Precisó la corte que la acción vulneró los principios que afectan el funcionamiento del sistema fiscal colombiano y la confianza pública del recaudo de los recursos para usos estatales. 

RETENCIÓN EN LA FUENTE. // DELITO DE OMISIÓN DE AGENTE RETENEDOR. // SE RESUELVE RECURSO DE IMPUGNACIÓN ESPECIAL INTERPUESTO CONTRA EL PRIMER FALLO CONDENATORIO. // SE ESTABLECIERON LOS ELEMENTOS DEL ILÍCITO, EN ESPECIAL, LA ANTIJURIDICIDAD DE LA CONDUCTA.  // LA CUANTÍA NO CONSTITUYE, POR SÍ SOLA, UN CRITERIO DETERMINANTE DE ANTIJURIDICIDAD MATERIAL. // LA CORTE DECIDE “CONFIRMAR LA SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA (…), POR PRIMERA VEZ, COMO AUTOR DEL DELITO DE OMISIÓN DE AGENTE RETENEDOR”.

6. Sentencia.

El Consejo de Estado declara la nulidad de una expresión contenida en uno de los incisos del artículo segundo del Decreto Reglamentario expedido por el Gobierno Nacional, mediante el cual se estableció la declaración de carácter anual del ingreso base de cotización aplicable a los trabajadores independientes.

ACCIÓN DE SIMPLE NULIDAD. // DECLARACIÓN ANUAL DE INGRESO BASE DE COTIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES. // MODIFICACIONES AL IBC. // SE DESCARTA VIOLACIÓN DEL PRINCIPIO DE IGUALDAD Y EQUIDAD TRIBUTARIA O CONTRIBUTIVA. // SE DECLARA LA NULIDAD DE LA EXPRESIÓN “PERÍODO DENTRO DEL CUAL NO SE PODRÁ REALIZAR OTRA NOVEDAD DE VARIACIÓN TEMPORAL” CONTENIDA EN EL INCISO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 2 DEL DECRETO 3085 DE 2007, EXPEDIDO POR EL GOBIERNO NACIONAL.

7.  Sentencia.

El Consejo de Estado decidió de manera desfavorable la solicitud de la nulidad de la doctrina emitida por la DIAN, relativa al carácter tributario de una donación de acciones de una sociedad extranjera por parte de un residente fiscal en Colombia a un no residente fiscal en Colombia, aun cuando dicha operación constituye ingreso de fuente extranjera no sometido a impuestos en el territorio nacional colombiano.

ACCIÓN DE SIMPLE NULIDAD.// RENTA.// EFECTOS TRIBUTARIOS DE LA DONACIÓN O LEGADO DE ACCIONES POSEÍDAS EN UNA SOCIEDAD EXTRANJERA POR PARTE DE UNA PERSONA NATURAL CON RESIDENCIA FISCAL EN COLOMBIA A FAVOR DE OTRO INDIVIDUO CON RESIDENCIA FISCAL EN ESPAÑA.// FALTA DE CORRESPONDENCIA ENTRE EL SUPUESTO FÁCTICO CONTENIDO EN EL OFICIO DIAN DEMANDADO (DONACIÓN O LEGADO DE ACCIONES POSEÍDAS EN SOCIEDAD COLOMBIANA), Y EL SUPUESTO FÁCTICO PLANTEADO EN LA DEMANDA (DONACIÓN O LEGADO DE ACCIONES POSEÍDAS EN SOCIEDAD EXTRANJERA).// SE DESESTIMAN LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA DE DECLARATORIA DE NULIDAD DEL OFICIO DIAN 1433 [908351] DEL 21 DE NOVIEMBRE DE 2022.// SIN COSTAS.// CON DOS ACLARACIONES DE VOTO.

8. Auto.

El Consejo de Estado suspende provisionalmente los efectos del Decreto 1469 de 2025, mediante el cual se fijó el incremento del salario mínimo aplicable a la vigencia del año 2026; así mismo, se ordena a las autoridades competentes expedir un decreto que fije transitoriamente la cifra relacionada, hasta tanto que se dicte la sentencia dentro del proceso.

SALARIO MÍNIMO 2026. // SE DECRETA LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE LOS EFECTOS DEL DECRETO 1469 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2025 Y SE ORDENA A LAS ENTIDADES DEMANDADAS LA FIJACIÓN SUSTITUTIVA DEL SALARIO MÍNIMO PARA LA VIGENCIA 2026 COMO DECISIÓN ADMINISTRATIVA TRANSITORIA. // LA MEDIDA CAUTELAR OBEDECE A LA INFRACCIÓN PRIMA FACIE DEL INCISO SEGUNDO DEL PARÁGRAFO DEL ARTÍCULO 8 DE LA LEY 278 DE 1996.

9.  Auto.

El Consejo de Estado decreto la suspensión provisional del Concepto 1103 de 2025, emitido por la DIAN, al considerar que infringe las normas superiores relativas a la devolución y/o compensación del IVA en proyectos VIS y VIP, al exigir el pago a un tercero proveedor incluso en casos de retiro de inventarios por autoconsumo.

AUTO.// ACCIÓN DE SIMPLE NULIDAD.// SUSPENSIÓN PROVISIONAL.// DEVOLUCIONES./ IVA.// DERECHO DE LOS CONSTRUCTORES DE PROYECTOS DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL (VIS) O VIVIENDA DE INTERÉS PRIORITARIO (VIP) A LA DEVOLUCIÓN Y/O COMPENSACIÓN DEL IVA PAGADO EN LOS EVENTOS DE RETIRO DE INVENTARIOS POR AUTOCONSUMO.// REQUISITOS GENERALES Y ESPECIALES DE PROCEDIBILIDAD DE LA MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN PROVISIONAL.// SE VERIFICA LA INFRACCIÓN DE NORMAS SUPERIORES MEDIANTE UN EJERCICIO DE CONFRONTACIÓN NORMATIVA.// SE DECRETA LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL DEL CONCEPTO DIAN 100208192-1103 DE 22 DE JULIO DE 2025.// SE NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR PREVENTIVA, QUE CONSISTE EN ORDENAR A LA DIAN AJUSTAR LOS SISTEMAS DE DEVOLUCIONES O COMPENSACIONES DEL IVA, POR NO CUMPLIR LOS REQUISITOS GENERALES PREVISTOS EN LOS ARTÍCULOS 229 Y 230 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.

10. Comunicado.

La Corte Constitucional declaró exequibles los apartes demandados de los artículos 513-1 y 513-6 del Estatuto Tributario, relativos a los denominados impuestos saludables, al concluir que las exclusiones previstas para ciertos productos no vulneran los principios de igualdad ni de equidad tributaria invocados en la demanda, pues se fundamentan en criterios técnicos objetivos propios del diseño del tributo y responden a finalidades legítimas de salud pública y de capacidad económica, sin contravenir la Constitución.

SENTENCIA C-006/26. // IMPUESTOS SALUDABLES. // SE DECLARAN EXEQUIBLES LOS APARTES DEMANDADOS DE LOS ARTÍCULOS 513-1 Y 513-6 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO. // IMPUESTO A LAS BEBIDAS ULTRAPROCESADAS AZUCARADAS.// IMPUESTO A LOS PRODUCTOS COMESTIBLES ULTRAPROCESADOS INDUSTRIALMENTE Y/O CON ALTO CONTENIDO DE AZÚCARES AÑADIDOS, SODIO O GRASAS SATURADAS. 

11. Comunicado.

La Corte Constitucional declaró la exequibilidad de dos expresiones contenidas en el Estatuto Tributario, relacionadas con la base gravable de los productos comestibles ultraprocesados y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas que sean importados, y el tratamiento para los comestibles del mismo tipo que se produzcan en zona franca.

SENTENCIA C-020/26 (5 DE FEBRERO) DE LA CORTE CONSTITUCIONAL. // IMPUESTO A LOS PRODUCTOS COMESTIBLES ULTRAPROCESADOS INDUSTRIALMENTE Y/O CON ALTO CONTENIDO DE AZÚCARES AÑADIDOS, SODIO O GRASAS SATURADAS. // SE DECLARA LA EXEQUIBILIDAD DE LOS APARTES DEMANDADOS DEL ARTÍCULO 513-8 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO.

12. Comunicado.

La Corte Constitucional condicionó la autorización de renuncia a las prestaciones sociales del trabajador, siempre y cuando esto se dé frente a montos que cumplan ciertas características específicas, sin que esto comprenda infracción de la normatividad laboral. Todo esto debe estar verificado por la autoridad competente, mediante documentos que soporten las características necesarias de dichos montos para el cumplimiento de los requisitos de renunciabilidad.

COMUNICADO 07 DE 18/19-02-2026 DE LA CORTE CONSTITUCIONAL. // AUTORIZACIÓN PARA RENUNCIAR PRESTACIONES SOCIALES.

FacebookTwitterLinkedinInstagramWhatsApp
Your Logo

Febrero 2026

   CONTENIDO

  1. Decreto 42. Se sustituye y modifica el Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho en lo relacionado con Métodos Alternativos de Solución de Conflictos, para adicionar definiciones y reestablecer los lineamientos del sistema conciliatorio.
  2. Resolución 52. Se certifican las tasas de interés de captación y de colocación más representativas del mercado y la tasa comercial promedio de captación del sistema financiero por el año 2025.
  3. Resolución 3. Se sustituyen algunos artículos de la RUE-TAC (Resolución 227 de 2025), para ajustar las tarifas del impuesto nacional a la Gasolina, al ACPM, y al carbono, a partir del 1 de febrero de 2026.
  4. Carta Circular. Se informa el índice de bursatilidad para las acciones que cotizan en bolsa de valores correspondiente al año 2025.
  5. Proyecto de decreto. Se propone modificar el DUT (Decreto 1625 de 2016), en relación con la retención sobre los pagos por medio de tarjetas de crédito y/o débito.
  6. Proyecto de decreto. Se sustituirían artículos del DUT (Decreto 1625 de 2016), para determinar el ajuste del costo fiscal de activos fijos aplicable al año gravable 2025.
  7. Proyecto de decreto. Se modificaría el Decreto 1074 de 2015, Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, en lo relacionado con la circulación de la factura electrónica de venta como título valor.
  8. Proyecto de decreto. Se propone modificar el Decreto 2555 de 2010, para ajustar el régimen de inversión en activos en el exterior de los fondos de pensiones obligatorias.
  9. Comunicado de prensa. La Corte Constitucional suspende provisionalmente la declaratoria de Estado de Emergencia Económica y Social en todo el territorio nacional, emitida desde la Presidencia de la República el pasado mes de diciembre de 2025.
  10.  Concepto. Se reconsidera la doctrina emitida acerca de la aplicabilidad del parágrafo 2 del artículo 771-2 del Estatuto Tributario para las operaciones con personas no obligadas a facturar electrónicamente.
  11. Concepto. Se resuelven dudas sobre la aplicación de los beneficios que contemplan reducción transitoria de sanciones e intereses moratorios sobre obligaciones fiscales decretados para suplir la emergencia económica y social declarada a nivel nacional en diciembre del año pasado.

1.  Decreto 42.

21/01/2026

Ministerio de Justicia y del Derecho

Se sustituye y adiciona el contenido del Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho en lo relacionado con Métodos Alternativos de Solución de Conflictos para añadir definiciones, modificar los objetivos y funciones específicas, además de los servicios prestados en las Casas de Justicia, y modificar también la determinación de las entidades participantes del programa con sus respectivas funciones, los métodos alternativos de solución de conflictos, el Sistema Nacional de Conciliación; así como también, adicionar los lineamientos para la inspección, vigilancia y control a centros y entidades que integran este sistema e impartir nuevas disposiciones relacionadas con los asuntos contencioso administrativos, a la vez que se establecen comisionados en los procesos relacionados y las tarifas administrativas correspondientes.

MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. // «POR MEDIO DEL CUAL SE SUSTITUYE Y MODIFICA EN FORMA PARCIAL EL DECRETO 1069 DE 2015, ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR JUSTICIA Y DEL DERECHO EN LO RELACIONADO CON MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS.»

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

2. Resolución 52.

14/01/2026

Superintendencia Financiera de Colombia

Se certifican las tasas de interés de captación más representativas del mercado y la tasa comercial promedio de captación del sistema financiero del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2025, previstas en los artículos 38, 39, 40, 40-1, 81 y 81-1 del Estatuto Tributario Nacional, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto 19 de 2012.

INTERESES. // “POR LA CUAL SE CERTIFICAN LAS TASAS DE INTERÉS DE CAPTACIÓN Y DE COLOCACIÓN MÁS REPRESENTATIVAS DEL MERCADO Y LA COMERCIAL PROMEDIO DE CAPTACIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2025”.

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

3Resolución 3.

30/01/2026

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-

Se sustituyen los artículos 1.2.1.1.1 y 1.2.1.1.2 de la Resolución 227 de 2025 (RUE-TAC),  para parametrizar la determinación de la base y establecer nuevas tarifas al impuesto nacional a la Gasolina y al ACPM, y al impuesto al carbono, que empezarán a regir a partir del 1 de febrero del año 2026.

IMPUESTO NACIONAL A LA GASOLINA Y AL ACPM E IMPUESTO NACIONAL AL CARBONO. / TARIFAS. // “POR MEDIO DE LA CUAL SE SUSTITUYEN LOS ARTÍCULOS 1.2.1.1.1. Y 1.2.1.1.2. DE LA SECCIÓN 1 DEL CAPÍTULO 1 DEL TÍTULO 2 DE LA PARTE 1 DE LA RESOLUCIÓN 227 DE 2025, PARA AJUSTAR LAS TARIFAS DEL IMPUESTO NACIONAL A LA GASOLINA Y AL ACPM, Y DEL IMPUESTO NACIONAL AL CARBONO”.

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

4. Carta Circular.

Se informa a los representantes legales, miembros de junta directiva, revisores fiscales y contralor normativo de entidades sometidas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia el índice de bursatilidad para cada una de las acciones que se negocian en bolsa de valores correspondiente al año 2025.

ÍNDICE DE BURSATILIDAD ACCIONARIA PARA EL AÑO DE 2025. // DESTINATARIOS: REPRESENTANTES LEGALES, MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA, REVISORES FISCALES Y CONTRALOR NORMATIVO DE ENTIDADES SOMETIDAS A LA INSPECCIÓN Y VIGILANCIA DE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA.

5. Proyecto de Decreto.

Se modificaría el artículo 1.3.2.1.8 del DUT (Decreto 1625 de 2016), para determinar un tratamiento especial frente al anticipo del impuesto sobre la renta por los pagos o abonos en cuenta realizados por medio de tarjetas de crédito y/o débito.

PROYECTO DE DECRETO. // RETENCIÓN EN LA FUENTE. // SE PROPONE MODIFICAR EL DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO EN MATERIA TRIBUTARIA (DUT) EN RELACIÓN CON LA ELIMINACIÓN DE LA RETENCIÓN PARA PAGOS CON TARJETA DÉBITO Y CRÉDITO.

6. Proyecto de Decreto.

Se propone sustituir algunos artículos del DUT (Decreto 1625 de 2016), con el propósito de establecer el ajuste del costo de los activos fijos y el factor de ajuste para la determinación de la renta y ganancia ocasional por activos fijos enajenados y acciones o aportes sociales, aplicable al año gravable 2025.

PROYECTO DE DECRETO. // RENTA. // ACTIVOS FIJOS. // SE PROPONE SUSTITUIR LA NORMATIVA PARA AJUSTAR EL COSTO DE LOS ACTIVOS FIJOS. // “POR EL CUAL SE REGLAMENTAN LOS ARTÍCULOS 70 Y 73 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO Y SE SUSTITUYEN LOS ARTÍCULOS 1.2.1.17.20. Y 1.2.1.17.21. DEL CAPÍTULO 17 TÍTULO 1 DE LA PARTE 2 DEL LIBRO 1 DEL DECRETO 1625 DE 2016, ÚNICO REGLAMENTARIO EN MATERIA TRIBUTARIA, PARA AJUSTAR EL COSTO DE LOS ACTIVOS FIJOS.

7.  Proyecto de Decreto.

Se modificarían ciertos artículos del capítulo 3, “De la circulación de la factura electrónica de venta cómo título valor” del Decreto 1074 de 2015, Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo para establecer nuevos lineamientos relacionados con la aceptación de las facturas electrónicas de venta como título valor, en cumplimiento de la normativa del Código de Comercio.

PROYECTO DE DECRETO. // FACTURA ELECTRÓNICA COMO TÍTULO VALOR. // SE PROPONE MODIFICAR LOS ARTÍCULOS 2.2.2.53.3., 2.2.2.53.4. Y 2.2.2.53.12. DEL CAPÍTULO 53 DEL TÍTULO 2 DE LA PARTE 2 DEL LIBRO 2 DEL DECRETO 1074 DE 2015, ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO, REFERENTE A LA CIRCULACIÓN DE LA FACTURA ELECTRÓNICA DE VENTA COMO TÍTULO VALOR, Y DICTAR OTRAS DISPOSICIONES. // ACEPTACIÓN DE LA FACTURA ELECTRÓNICA DE VENTA COMO TÍTULO VALOR. // INFORME PARA EL PAGO.

 

8. Proyecto de Decreto.

Se modificaría el Decreto 2555 de 2010, en lo relativo al régimen de inversión en activos en el exterior de los fondos de pensiones obligatorias, mediante la adición de los artículos 2.6.12.1.17 y 2.6.12.1.28, con el fin de establecer el límite global de inversión en el exterior y el plazo de transición para su aplicación.

PROYECTO DE DECRETO. // FONDOS DE PENSIONES OBLIGATORIAS. // SE PROPONE MODIFICAR LA NORMA DE INVERSIÓN DE ACTIVOS FIJOS EN EL EXTERIOR DE LOS FONDOS DE PENSIONES OBLIGATORIAS. // “POR EL CUAL SE MODIFICA EL DECRETO 2555 DE 2010, EN LO RELACIONADO CON EL RÉGIMEN DE INVERSIÓN EN ACTIVOS EN EL EXTERIOR DE LOS FONDOS DE PENSIONES OBLIGATORIAS”.

9.  Comunicado de prensa.

Mediante comunicado de prensa, la Corte Constitucional informa la suspensión del Decreto Legislativo 1390 de 2025, por medio del cual se declaró el Estado de Emergencia Económica y Social a nivel nacional. Asimismo, la Corte dispuso que el Decreto Legislativo 1474 de 2025 no producirá efectos, mientras se profiere una decisión de fondo.

AUTO 082 DE 2026 DE LA CORTE CONSTITUCIONAL. // LA CORTE SUSPENDE PROVISIONALMENTE EL DECRETO 1390 DE 2025 “POR EL CUAL SE DECLARA EL ESTADO DE EMERGENCIA ECONÓMICA Y SOCIAL EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL”, MIENTRAS SE PROFIERE UNA DECISIÓN DE FONDO.

10. Concepto.

Se analiza y da respuesta a la solicitud de reconsideración de un concepto que hace referencia al parágrafo 2 del artículo 771-2 del Estatuto Tributario, relacionado con su aplicabilidad en los casos de transacciones económicas realizadas con personas no obligadas a facturar electrónicamente y con la expedición de los documentos necesarios para su soporte.

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO. // DOCUMENTO SOPORTE EN ADQUISICIONES EFECTUADAS A SUJETOS NO OBLIGADOS A EXPEDIR FACTURA DE VENTA O DOCUMENTO EQUIVALENTE (DSNO). // COSTOS Y DEDUCCIONES REALIZADOS EN AÑO O PERIODO DIFERENTE A SU DOCUMENTO SOPORTE.// EL PARÁGRAFO 2 DEL ARTÍCULO 771-2 DEL ET., RESULTA APLICABLE EN LAS OPERACIONES SOPORTADAS CON EL DSNO. // SE RECONSIDERA LA TESIS JURÍDICA DEL CONCEPTO DIAN NO. 008129 (INT. 935) DEL 24 DE JUNIO DE 2025.

11. Concepto.

Se resuelven dudas de carácter procedimental surgidas a raíz de la expedición del Decreto Legislativo 1474 del 29 de diciembre de 2025, por medio del cual se adoptaron medidas, pero también beneficios de reducción transitoria de sanciones e intereses moratorios sobre las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias que administra la DIAN, con el fin de atender la emergencia económica declarada el 22 de diciembre del mismo año.

CONCEPTO GENERAL SOBRE LAS MEDIDAS TEMPORALES TRIBUTARIAS DISPUESTAS EN LOS ARTÍCULOS 20 A 23 DEL DECRETO LEGISLATIVO 1474 DE 2025. // REDUCCIÓN TRANSITORIA DE SANCIONES E INTERESES MORATORIOS. // REDUCCIÓN TRANSITORIA DE SANCIONES E INTERESES MORATORIOS POR OMISIÓN O CORRECCIÓN DE DECLARACIONES. // SUBSANACIÓN POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FORMALES. // CONCILIACIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA EN MATERIA TRIBUTARIA, ADUANERA Y CAMBIARIA.

FacebookTwitterLinkedinInstagramWhatsApp
Your Logo

Enero 2026

   CONTENIDO

  1. Decreto. Se adoptan medidas tributarias en busca de atender el gasto estipulado en el Presupuesto General de la Nación de 2026 y con motivo de la emergencia económica declarada en el Decreto Presidencial 1390 del 2025.
  2. Decretos. Se fijan los valores referentes al Salario Mínimo Mensual Legal vigente y el auxilio de transporte aplicables para el año 2026.
  3. Decreto. Se establecen los nuevos valores absolutos base para la determinación del impuesto a los Vehículos Automotores que será aplicable para el año gravable 2026.
  4.  Decreto. Se dicta la lista de nuevos porcentajes aplicables para la determinación de los reajustes de avalúos catastrales de 2026, para las diferentes clases de predios y la determinación de predios no aplicables junto con las excepciones.
  5. Decreto. Se expide el Decreto Único Distrital Tributario, que compila, depura y racionaliza el compendio normativo que rige el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con los tributos administrados por el Distrito Capital.
  6. Resolución. Se corrige un error formal contenido en la Resolución 233 de 2025, que impacta a su vez a la Resolución 227 de 2025, referente al reporte de información por medios magnéticos, que se presenta anualmente.
  7. Resolución. Se sustituye el artículo 1.2.1 de la RUE-TAC, para fijar el valor de la Unidad de Valor Tributario -UVT- aplicable para el año 2026.
  8. Resolución. Se adiciona el Capítulo 11 a la RUE-TAC, para dictaminar el compendio de procedimientos relacionados con el intercambio de información de proveedores de servicios de criptoactivos a partir del año gravable 2026.
  9. Resolución. Se modifica el capítulo 9 de la RUE-TAC, sobre la información que deben suministrar las instituciones financieras en cuanto al intercambio automático de información.
  10. Resolución. Se adiciona un inciso al artículo 1.4.3.1. de la RUE-TAC, relacionado con el reporte de conciliación fiscal para contribuyentes que consoliden o combinen estados financieros de sus filiales.
  11. Resolución. Se adiciona un artículo a la RUE-TAC, para fijar las tarifas del impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas para el año gravable 2026.
  12. Resolución. Se modifica el listado de Grandes Contribuyentes establecido en la Resolución 200 de 2024, con el fin de retirar a un grupo de sujetos previamente calificados e incorporar a otros contribuyentes bajo dicha categoría.
  13. Resolución SDH. Se fijan los lugares, fechas y descuentos para el cumplimiento de las obligaciones formales y sustanciales en el Distrito de Bogotá aplicables al año 2026.
  14. Resolución. Se fijan las disposiciones de fechas y medios para la declaración y pago de los tributos del Distrito de Medellín en el año 2026.
  15. Circular. Se establece la tarifa del impuesto al consumo de bolsas plásticas para la vigencia del año 2026 aplicable a nivel nacional.
  16. Sentencia. Se declara inexequible una disposición sobre deberes formales laborales y de seguridad social, se avala una sanción del régimen aduanero y se condiciona otra disposición.
  17. Sentencia. Se declara parcialmente exequible el reconocimiento como hijo de crianza y los medios probatorios que acrediten este hecho con los procedimientos relacionados para ello.
  18. Certificaciones. Se certifican las tarifas del impuesto al consumo tanto por licores, vinos, aperitivos y similares, como por cigarrillos y tabaco elaborado, y las tarifas correspondientes a la sobretasa de gasolina y de ACPM que regirán para el año 2026.
  19. Concepto. Se reconsidera la doctrina acerca del tratamiento fiscal de los ingresos por cuotas alimentarias de cara al impuesto de renta y complementarios.

1.  Decreto Legislativo 1474

29/12/2025

Presidencia de la República

Se adoptan medidas, como cambios en tarifa para ciertos artículos, inclusión de ciertas operaciones como gravadas y tratamiento de exclusiones, todo esto alusivo al impuesto sobre las ventas; cambios en el hecho generador y la tarifa del impuesto al patrimonio; cambios en los puntos adicionales de impuesto de renta para las entidades financieras; creación de un nuevo impuesto sobre extracción de hidrocarburos y carbón; modificaciones a la tarifa y base de impuesto al consumo para algunos productos; reducción transitoria de sanciones e intereses moratorios en obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias e incluso en conciliación de procesos contencioso-administrativos relacionados; y creación de un impuesto de normalización tributaria. Todo lo anterior, con el propósito de recaudar recursos para cumplir con las metas del Presupuesto General de la Nación y superar la emergencia económica declarada a través del Decreto Legislativo 1390 del 2025.

EMERGENCIA ECONÓMICA (DECRETO 1390 DE 2025).// “POR EL CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS TRIBUTARIAS DESTINADAS A ATENDER LOS GASTOS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN NECESARIOS PARA HACER FRENTE AL ESTADO DE EMERGENCIA DECLARADO POR EL DECRETO 1390 DE 2025.

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

2. Decretos 1469/1470

29/12/2025

Ministerio del Trabajo

Se establece el valor del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente; y, asimismo, el valor del auxilio de transporte aplicable a partir del primero (1) de enero del año 2026, a este último tienen derecho los empleados que devengan hasta dos (2) salarios mínimos legales mensuales.

SALARIO MÍNIMO./ 2026.// “POR EL CUAL SE FIJA EL SALARIO MÍNIMO MENSUAL LEGAL”.// SE DEROGA EL DECRETO NÚMERO 1572 DEL 24 DE DICIEMBRE DE 2024. AUXILIO DE TRANSPORTE./ 2026.// “POR EL CUAL SE FIJA EL AUXILIO DE TRANSPORTE”.// SE DEROGA EL DECRETO NÚMERO 1573 DE 2024.

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

3Decreto 1457

29/12/2025

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Se reajustan los valores absolutos relacionados con el impuesto sobre los Vehículos Automotores para la vigencia del año 2026, los cuales sirven de base para la aplicación de las tarifas establecidas inicialmente en el numeral primero del artículo 145 de la Ley 488 de 1998.

IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS AUTOMOTORES.// “POR EL CUAL SE REAJUSTAN LOS VALORES ABSOLUTOS DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS AUTOMOTORES DE QUE TRATA EL ARTÍCULO 145 DE LA LEY 488 DE 1998, PARA EL AÑO GRAVABLE 2026

Si eres Suscriptor haz clic en el siguiente botón

¿No eres Vinculado a CETA? haz clic en el siguiente enlace

4. Decreto.

Se establecen los nuevos porcentajes de avalúos catástrales para la determinación de estos en la vigencia del año 2026, aplicables a los predios urbanos, rurales y rurales dedicados a actividades agropecuarias, así como la no aplicación de dichos porcentajes a los formados o actualizados que hayan sido objeto de ajuste automático del avalúo catastral durante 2025 y las excepciones previstas a esta norma.

AVALÚOS CATASTRALES./ 2026.// “POR EL CUAL SE SUSTITUYE EL CAPÍTULO 1 DEL TÍTULO 10 DE LA PARTE 2 DEL LIBRO 2 DEL DECRETO 1082 DE 2015, CON EL PROPÓSITO DE DETERMINAR LOS PORCENTAJES DE INCREMENTO DE LOS AVALÚOS CATASTRALES PARA LA VIGENCIA DE 2026”

5. Decreto.

Se expide el Decreto Único Distrital Tributario de Bogotá, con el fin de compilar, depurar y racionalizar el conjunto normativo que reglamenta los tributos administrados por el Distrito Capital, con el objetivo de integrar en un solo cuerpo regulatorio las disposiciones relacionadas con la obligaciones formales y sustanciales sobre impuestos, tasas, sobretasas, contribuciones y demás, así como el régimen procedimental correspondiente.

TRIBUTOS BOGOTÁ.// COMPILACIÓN O UNIFICACIÓN LOS DECRETOS REGLAMENTARIOS TRIBUTARIOS DEL DISTRITO CAPITAL Y DEPURACIÓN DE LA NORMATIVIDAD VIGENTE.// DECRETO ÚNICO DISTRITAL TRIBUTARIO.// “POR MEDIO DEL CUAL SE EXPIDE EL DECRETO ÚNICO DISTRITAL TRIBUTARIO (DUDIT)

6. Resolución.

Se resuelve corregir un error formal contemplado en la Resolución 233 del 30 de octubre de 2025, que a su vez modifica la Resolución 227 de 2025 (RUE-TAC), relacionado con los detalles que se deben incluirse en el Formato 1001 al presentar ante la administración tributaria el reporte de información por medios magnéticos.

REPORTE DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA.// “POR LA CUAL SE CORRIGE UN ERROR FORMAL EN LA RESOLUCIÓN 000233 DEL 30 DE OCTUBRE DE 2025 “POR LA CUAL SE MODIFICA Y ADICIONA PARCIALMENTE LA RESOLUCIÓN 000227 DE 2025, ÚNICA EN MATERIA TRIBUTARIA, ADUANERA Y CAMBIARIA RESPECTO A TEMAS ASOCIADOS AL REPORTE DE INFORMACIÓN TRIBUTARIA”.// INFORMACIÓN DE PAGOS O ABONOS EN CUENTA Y RETENCIONES EN LA FUENTE PRACTICADAS.”// SE CORRIGE EL TÍTULO Y ENUNCIADO DEL ARTÍCULO 3 DE LA RESOLUCIÓN 000233 DEL 30 DE OCTUBRE DE 2025

7.  Resolución.

Se sustituye el artículo 1.2.1. del Título 2 de la Parte 1 de la Resolución 000227 de 2025 (RUE-TAC), para fijar la nueva cifra equivalente a la Unidad de Valor Tributario -UVT, que aplicará a partir del 1 de enero del año 2026.

UNIDAD VALOR TRIBUTARIO (UVT).// SE FIJA EL VALOR APLICABLE PARA EL AÑO 2026.// “POR MEDIO DE LA CUAL, EN DESARROLLO DEL ARTÍCULO 868 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO, SE SUSTITUYE EL ARTÍCULO 1.2.1 DEL TÍTULO 2 DE LA PARTE 1 DE LA RESOLUCIÓN ÚNICA EN MATERIA TRIBUTARIA, ADUANERA Y CAMBIARIA DE LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES -DIAN, RESOLUCIÓN 000227 DE 2025, PARA FIJAR EL VALOR DE LA UNIDAD DE VALOR TRIBUTARIO – UVT APLICABLE PARA EL AÑO 2026”.

 

8. Resolución.

Se adiciona el Capítulo 11 al Título 6 de la Parte 1 de la Resolución 000227 de 2025 (RUE-TAC), con el fin de establecer la normatividad aplicable a los procesos de intercambio de información de los proveedores de servicios de criptoactivos a partir del año gravable 2026, estableciendo, junto con sus anexos, los parámetros y definiciones necesarios para el adecuado cumplimiento de esta obligación.

INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES DE SERVICIOS DE CRIPTOACTIVOS.// “POR LA CUAL SE ADICIONA EL CAPÍTULO 11 «INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES DE SERVICIOS DE CRIPTOACTIVOS” AL TÍTULO 6 DE LA PARTE 1 DE LA RESOLUCIÓN NO 227 DEL 23 DE SEPTIEMBRE DE 2025 “RESOLUCIÓN ÚNICA EN MATERIA TRIBUTARIA, ADUANERA Y CAMBIARIA EN LO DE COMPETENCIA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN”.

9.  Resolución.

Se modifica el capítulo 9 del título 6 de la parte 1 de la Resolución 000227 de 2025 (RUE-TAC), sobre la información que deben suministrar las instituciones financieras de acuerdo a la Ley 1661 de 2013 y en cumplimiento de la “Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal” en materia  de intercambio automático de información, con el fin de precisar los distintos tipos de instituciones sujetas a este reporte y los conceptos de los productos a partir de los cuales surge dicha obligación.

INTERCAMBIO AUTOMÁTICO DE INFORMACIÓN.// INFORMACIÓN QUE DEBEN SUMINISTRAR LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS DE CONFORMIDAD CON LA LEY 1661 DE 2013 Y EN CUMPLIMIENTO DE LA “CONVENCIÓN SOBRE ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA FISCAL” EN RELACIÓN CON EL INTERCAMBIO AUTOMÁTICO DE INFORMACIÓN.// “POR LA CUAL SE SUSTITUYE EL CAPÍTULO 9 DEL TÍTULO 6, DE LA PARTE 1 Y EL NUMERAL 2 DEL ARTÍCULO 3 DE ANEXOS DE LA PARTE 1 DE LA RESOLUCIÓN 000227 DEL 23 DE SEPTIEMBRE DE 2025 «RESOLUCIÓN ÚNICA EN MATERIA TRIBUTARIA, ADUANERA Y CAMBIARÍA EN LO DE COMPETENCIA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES – DIAN”.

10. Resolución.

Se adiciona un inciso tercero al artículo 1.4.3.1 del Capítulo 3 del Título 4 de la Parte 1 de la Resolución 000227 de 2025 (RUE-TAC), para asignar la responsabilidad de presentar el Reporte de Conciliación Fiscal a las entidades contribuyentes que consoliden o combinen estados financieros de sus filiales, subsidiarias u otras entidades y/o que en su registro mercantil figuren como grupo empresarial o en situación de control.

 

REPORTE DE CONCILIACIÓN FISCAL.// CONTRIBUYENTES QUE CONSOLIDEN O COMBINEN ESTADOS FINANCIEROS DE SUS FILIALES, SUBSIDIARIAS U OTRAS ENTIDADES Y/O QUE ESTÉN INSCRITOS EN EL REGISTRO MERCANTIL CON LA CONDICIÓN DE GRUPO EMPRESARIAL O SITUACIÓN DE CONTROL.// “POR LA CUAL SE ADICIONA UN INCISO TERCERO AL ARTÍCULO 1.4.3.1. DE LA RESOLUCIÓN 000227 DE 2025, ÚNICA EN MATERIA TRIBUTARIA, ADUANERA Y CAMBIARIA, EN RELACIÓN CON LA DETERMINACIÓN DE NUEVOS CONTRIBUYENTES QUE DEBEN PRESENTAR EL REPORTE DE CONCILIACIÓN FISCAL”.

11. Resolución.

Se adiciona un artículo a la Resolución 227 de 2025 (RUE-TAC), para establecer las tarifas relacionadas con el impuesto a las bebidas ultraprocesadas y su clasificación por producto, aplicables para la vigencia del año 2026.

IMPUESTOS SALUDABLES.// TARIFA DEL IMPUESTO A LAS BEBIDAS ULTRAPROCESADAS.// “POR LA CUAL SE ADICIONA EL ARTÍCULO 1.2.1.1.3. AL CAPÍTULO 1 DEL TÍTULO 2 DE LA PARTE 1 DE LA RESOLUCIÓN NO 000227 DEL 23 DE SEPTIEMBRE DE 2025, RESOLUCIÓN ÚNICA EN MATERIA TRIBUTARIA, ADUANERA Y CAMBIARIA”.

12. Resolución.

Se retira la calificación de Gran Contribuyente a algunos agentes a los que se les otorgó dicha calidad mediante la Resolución 200 de 2024, y se otorga esta calificación a otro conjunto de contribuyentes responsables y agentes retenedores para la vigencia del año 2026, a la vez que se les instruye acerca de los plazos aplicables a las declaraciones y pagos de sus tributos.

GRANDES CONTRIBUYENTES.// “POR MEDIO DE LA CUAL SE CALIFICA Y RETIRA A ALGUNOS CONTRIBUYENTES, RESPONSABLES Y/O AGENTES DE RETENCIÓN COMO GRANDES CONTRIBUYENTES”

13. Resolución.

Se estipulan los lugares, se fijan las fechas de plazos y se determinan los descuentos aplicables en relación con la presentación de las declaraciones y pagos de los tributos administrados por la Dirección de Impuestos de Bogotá- DIB de la Secretaría Distrital de Hacienda para el año gravable 2026.

TRIBUTOS BOGOTÁ.// LUGARES Y PLAZOS PARA DECLARACIÓN Y PAGO AÑO 2026.// “POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS LUGARES, PLAZOS Y DESCUENTOS QUE APLICAN PARA CUMPLIR CON LA PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES Y EL PAGO DE LOS TRIBUTOS ADMINISTRADOS POR LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS DE BOGOTÁ- DIB DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA PARA EL AÑO GRAVABLE 2026”.

14. Resolución.

Se fijan los plazos, además de los procedimientos, canales y otras disposiciones para el oportuno cumplimiento de las obligaciones tanto formales como sustanciales relacionadas con los impuestos administrados por la Secretaría de Hacienda del Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín por la vigencia del año 2026.

TRIBUTOS MEDELLÍN.// “POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECE EL CALENDARIO TRIBUTARIO DEL DISTRITO DE MEDELLÍN PARA LA VIGENCIA 2026”.

15. Circular.

Se certifica la tarifa del impuesto al consumo de bolsas plásticas para la vigencia del año 2026, la cual se ajusta con base en la variación del comportamiento del índice de precios al consumidor determinada entre el mes de noviembre de 2025, comparado con el mismo mes del año 2024.

IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO DE BOLSAS PLÁSTICAS.// CERTIFICACIÓN DE LA TARIFA DEL IMPUESTO NACIONAL AL CONSUMO DE BOLSAS PLÁSTICAS PARA EL AÑO 2026.// “

16. Sentencia.

Se declara inexequible una disposición normativa relacionada con la infracción de deberes formales de carácter laboral y del sistema de seguridad social, al evidenciarse la vulneración de un principio constitucional. Asimismo, se avala la imposición de una sanción por afectación de bienes jurídicos del régimen aduanero y se condiciona la exequibilidad de otra disposición a la aplicación de un principio necesario para el caso concreto.

COMUNICADO 51 DE 11-12-2025 DE LA CORTE CONSTITUCIONAL.// SENTENCIA C-503/25.// ADUANAS.// RÉGIMEN SANCIONATORIO ADUANERO.// “LA CORTE SE INHIBIÓ PARA EMITIR UN PRONUNCIAMIENTO DE FONDO SOBRE VARIOS CARGOS FORMULADOS CONTRA DISPOSICIONES DEL DECRETO LEY 920 DE 2023. ASÍ MISMO DECLARÓ LA INEXEQUIBILIDAD DE LA INFRACCIÓN CONTENIDA EN EL NUMERAL 1.11 DEL ARTÍCULO 36, Y AVALÓ DISTINTAS SANCIONES PREVISTAS EN EL ACTUAL RÉGIMEN ADUANERO, ALGUNAS CON CONDICIONAMIENTOS”.

17. Sentencia.

Se declara parcialmente exequible la Ley 2388 de 2024, que contiene un conjunto de definiciones relacionadas con el reconocimiento de la figura de hijo de crianza y se precisan los parámetros del procedimiento para dicho reconocimiento ante las entidades competentes, así como las evidencias exigidas para acreditar el cumplimiento de los requisitos aplicables.

SENTENCIA C-506/25.// FAMILIA DE CRIANZA.// DECLARACIÓN DEL RECONOCIMIENTO COMO HIJO DE CRIANZA.// MEDIOS PROBATORIOS.// LAS COMPETENCIAS ASIGNADAS A LOS NOTARIOS DESBORDAN LOS LÍMITES PROPIOS DE SUS FUNCIONES FEDATARIAS.// “LA CORTE CONSTITUCIONAL DECIDIÓ INHIBIRSE DE PRONUNCIARSE DE FONDO SOBRE EL CARGO FORMULADO EN CONTRA DEL ARTÍCULO 6 DE LA LEY 2388 DE 2024, Y DECLARAR INEXEQUIBLE LA EXPRESIÓN “O ESCRITURA PÚBLICA” CONTENIDA EN EL PARÁGRAFO DEL ARTÍCULO 2 DE LA LEY 2388 DE 2024, ASÍ COMO LAS EXPRESIONES “O NOTARIO”, “IGUALMENTE POR MEDIO DE ESCRITURA PÚBLICA”, “O ESCRITURA PÚBLICA” Y “SEA ELEVADO A TRAVÉS DE ESCRITURA PÚBLICA O” CONTENIDAS EN LOS INCISOS PRIMERO Y SEGUNDO, ASÍ COMO EN EL PRIMER PARÁGRAFO DEL ARTÍCULO 3 DE LA LEY 2388 DE 2024”.// CONTIENE RESEÑA DE DOS SALVAMENTOS DE VOTO.// “

18. Certificaciones

Se certifican las tarifas del componente específico del impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares que aplicarán para el año 2026, ajustadas con la variación del índice de precios al consumidor; así como también se certifican las tarifas del componente específico que tiene el impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado para la vigencia de este año. Finalmente, se certifican las tarifas correspondientes a la sobretasa a la gasolina y a la sobretasa al ACPM por galón aplicable para el 2026.

IMPUESTO AL CONSUMO DE LICORES, VINOS, APERITIVOS Y SIMILARES. IMPUESTO AL CONSUMO DE CIGARRILLOS Y TABACO ELABORADO. / SOBRETASA A LA GASOLINA Y SOBRETASA AL ACPM, POR GALÓN. / AÑO 2026.

19. Concepto.

Se reconsidera la tesis del Concepto 1097 de 2024, relacionada con el tratamiento fiscal, para efectos de impuesto sobre la renta y complementarios, de los ingresos por concepto de cuotas alimentarias que los padres les conceden a sus hijos.

RENTA.// INGRESOS NO SUSCEPTIBLES DE INCREMENTO PATRIMONIAL.// CUOTAS ALIMENTARIAS.// PROTECCIÓN ESPECIAL CONSTITUCIONAL.// SE RECONSIDERA LA TESIS JURÍDICA 1 DEL CONCEPTO DIAN NO 009485 – INT 1097 DEL 29 DE NOVIEMBRE DE 2024.// “LOS PAGOS QUE SE REALIZAN POR PARTE DE UN PADRE O UNA MADRE A SU HIJO(A) POR CONCEPTO DE LAS OBLIGACIONES ALIMENTARIAS ADEUDADAS, EN LO QUE CORRESPONDA A ALIMENTOS CONGRUOS Y/O NECESARIOS, NO SE CONSIDERAN COMO INGRESOS PARA EFECTOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA”.

FacebookTwitterLinkedinInstagramWhatsApp
Your Logo

Portal Desarrollado por Innovapues SAS - www.innovapues.com - hola@innovapues.com - +57 312 258 1352