Son funciones del Director Ejecutivo, entre otras:
a. Desarrollar las gestiones y programas necesarios para el cumplimiento de los objetivos de CETA.
b. Representar legalmente a CETA.
c. Convocar la Asamblea General y el Consejo Directivo a reuniones ordinarias y extraordinarias, en la forma que se determina en los estatutos.
d. Presentar un informe anual a la Asamblea General en sus reuniones ordinarias sobre las investigaciones y trabajos realizados por CETA y sobre su funcionamiento y actividades generales.
e. Dirigir CETA, supervigilar sus trabajos técnicos, velar por la eficiencia de los empleados, en general procurar su normal funcionamiento y la necesaria colaboración y disciplina de todos sus miembros.
f. Cumplir y hacer cumplir los estatutos y las disposiciones de la Asamblea General y del Consejo Directivo.
Parágrafo. Las demás que señalen los estatutos, las disposiciones de la Asamblea General y el Consejo Directivo.
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