Artículo 14º

Para ser asociado de número se requiere: a. Tener título profesional otorgado por una entidad universitaria o Tecnológica. b. Demostrar una dedicación laboral o profesional que se refiere a la tributación. c. Tener excelente conducta ética, profesional y solvencia moral. Cancelar las cuotas que determine la Asamblea General.

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